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viernes, 17 de febrero de 2012

ALDHU MANIFIESTA PREOCUPACIÓN POR SENTENCIAS CONTRA DIARIO EL UNIVERSO DE ECUADOR.


Directivos y periodistas de El Universo
condenados a tres años de prisión

La Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos (ALDHU), manifiesta su preocupación por la decisión de la Corte Suprema de Justicia del Ecuador confirmatoria de las sentencias de los tribunales penal y civil, por las que se condena a tres directivos y un periodista del Diario El Universo a tres años de prisión y al pago de una multa de cuarenta millones de dólares, por la publicación de una columna que ofendió al Presidente Rafael Correa.

Dicha condena, se funda en las disposiciones del Código Penal ecuatoriano, que establecen penas especialmente agravadas a quien formule "falsa imputación de un delito" o "toda otra expresión proferida en descrédito, deshonra o menosprecio", de una "autoridad" y habilitan la aplicación de penas de multa y de uno a tres años de prisión a quienes "hubieren dirigido a la autoridad imputaciones que constituyan injuria calumniosa" (artículos 489, 491y 493), y que son violatorias del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos que garantiza la libertad de expresión. En efecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido desde hace ya más de diez años, que la utilización del derecho penal para sancionar expresiones que refieren a funcionarios públicos, contravienen el artículo citado. Ello, porque las sanciones como las hoy confirmadas en Ecuador, por lo innecesarias y desproporcionadas constituyen un mecanismo de censura indirecta.

En el mismo sentido, el numeral 11 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH establece: “Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como "leyes de desacato" atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”.

Protestas por atentados a la
libertad de prensa
Hay que tener en cuenta además, que la Constitución del Ecuador aprobada en 1980 establece las normas internacionales de derechos humanos son derecho vigente y aplicable directamente (artículo 11.3), consagra a texto expreso el derecho a la libertad de comunicación y de información (artículos 16 y 18) y dispone que “será inconstitucional cualquier acción de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos” (artículo 11.8).

ALDHU  suma su voz a la de la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Catalina Botero Marino, y a la del Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, Frank La Rue para alertar a la comunidad internacional respecto de este hecho que pone en grave riesgo el derecho a la libertad de expresión en el Ecuador. Asimismo,  para instar a las instituciones de ese país a hacer honor de lo establecido en el artículo 11.3 de la Constitución: “El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos consagrados por la  Constitución”.

ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA PARA LOS DERECHOS HUMANOS (ALDHU)

Santiago, 17 de Febrero de 2012

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