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viernes, 3 de febrero de 2012

AMNISTÍA INTERNACIONAL DENUNCIA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA INDÍGENA EN INFORME A LA ONU


Criminalización de protestas indígenas

(Adital) El informe "Derechos de los Pueblos Indígenas y Persecución de Manifestantes”, de autoría de Amnistía Internacional (AI), relata la preocupación de esta organización por la constante criminalización de las protestas realizadas por la población indígena de Ecuador. El documento, preparado para ser presentado en el Examen Periódico Universal de la Organización de las Naciones Unidas, que se realizará en mayo y junio para evaluar la situación de los derechos humanos en Ecuador, se enfoca en especial en las vulneraciones de derechos cometidas por la ausencia de la consulta previa a los pueblos ecuatorianos.

Amnistía Internacional llama la atención sobre el hecho de que, a pesar de que la Constitución Nacional de 2008 "reconoce explícitamente la identidad plurinacional y pluricultural del país y el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados sobre proyectos concernientes a recursos naturales no renovables y que afecten a sus tierras y medios de vida”, el Estado no ha tenido esta máxima en consideración, pues no estableció mecanismo alguno que garantice la consulta previa.

Incumplimiento del Convenio 169 de la OIT
Además de tener que convertirse en una realidad, dado que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas así lo determina, las consultas deben ser realizadas y sus resultados tenidos en cuenta. AI pide que las consultas no sean transformadas en una mera formalidad, sino que ayuden al Estado a alcanzar un acuerdo con los pueblos indígenas afectados.

La ausencia de este mecanismo ha provocado muchas protestas y manifestaciones en el país. En algunos casos, las acciones, que comenzaron en forma pacífica, terminaron en enfrentamientos con la policía, situación que llevó a líderes indígenas a ser detenidos y condenados por delitos como terrorismo, sabotaje, asociación ilícita, lesiones, secuestro, asesinato, robo, obstrucción ilegal de vía pública e invasión de propiedad ajena. Gran parte de las acusaciones es infundada y se realiza en el contexto de lucha por la posesión de los recursos naturales.

Otra situación que provoca preocupación es el Decreto Presidencial 982, promulgado en 2008. En su artículo 13, el decreto habla sobre la disolución de las organizaciones no gubernamentales por comprometer la seguridad o los intereses del Estado. Amnistía teme que el artículo sea aplicado sobre las organizaciones contrarias a las leyes y políticas propuestas por el Estado.

El artículo 27, del mismo decreto, también deja clara la intromisión del Estado en la vida de las organizaciones civiles. "[Las organizaciones no gubernamentales] están obligadas a proporcionar [a las autoridades] las actas de asambleas, informes económicos, informes de auditoría y memorias aprobadas, o cualquier otra información que se refieran a sus actividades”, dispone el artículo.

Para evitar que se mantenga este cuadro de violaciones de derechos de los indígenas, Amnistía Internacional pide que el Estado ecuatoriano concrete las consultas libres, previas e informadas con el objetivo de que se consiga el consentimiento de los pueblos indígenas antes del comienzo de proyectos que afecten sus derechos.
AI pide también la garantía de que las disposiciones del Decreto Presidencial no sean utilizadas para impedir el trabajo de los defensores y las defensoras de los derechos humanos y que el Estado promueva, proteja y respete el derecho a la libertad de reunión, expresión y asociación.

Un último llamamiento es realizado en el sentido de terminar con la utilización del sistema judicial para impedir a los dirigentes indígenas, campesinos y otras comunidades a ejercer su derecho a la libertad de reunión y asociación, inclusive cuando hay desacuerdo con las medidas y políticas adoptadas por el Estado. (Natacha Pitts)

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