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jueves, 19 de mayo de 2022

La Moción para establecer la desigualdad ante la justicia para migrantes

 Recientemente el Foro Migratorio de las Mesas Temáticas del Senado, dieron a conocer de una moción que que pretende modificar el código penal para que una circunstancia agravante sea que el un delito de robo o hurto sea ejecutado por una o más personas en condición migratoria irregular; de la siguiente Forma: 

   B.- Incorpórese el siguiente numeral 6 nuevo al artículo 456 bis: 6°) Que el delito sea ejecutado por una o más personas extranjeras en condición migratoria irregular, utilizando para tales efectos, motocicletas, bicimotos, motonetas o vehículos similares. ”, Boletín 14989 – 25.

La tasa de detención para ese tipo de delitos es muy baja, representando el 4,7%. Los delincuentes serían hombres de nomás de treinta años en, extranjeros y en situación migratoria irregular (citado en el proyecto de ley  de la Cámara. (Aquí)




Sin tantos datos acumulados, esta propuesta parecería una estrategia para poner en debate temas populistas como culpabilización de los migrantes sobre la inseguridad y precariedad. Esta precariedad es vivida por los migrantes y la por sociedad chilena después de la pandemia. La culpabilización del extranjero, de lo desconocido; y la inducción al susto y al miedo y la rabia parecen tácticas para que los grupos más conservadores obtengan réditos y desaprobación con el actual sistema político.

Desde ALDHU, nos sumamos a las mesas temáticas, considerando que este Proyecto es contrario  a los principios básicos de Derechos Humanos, contradice a la Ley de Migraciones y contiene errores conceptuales que hacen que su contenido sea rechazado por las organizaciones de migrantes y pro migrantes y expertos en el tema migratorio. El fundamental equívoco de este Proyecto es confundir y generar discriminación y xenofobia al poner en igualdad de condiciones la comisión de delitos con la condición de migrante irregular.

El código penal contempla la pluralidad de malhechores, cuando el hecho delictivo se realiza con una dos o más personas está sancionado según el artículo 449 bis. del Código Penal, “Será circunstancia agravante de los delitos contemplados en los Párrafos 1, 2, 3, 4 y 4 bis  de este Título, y del descrito en el artículo 456 bis A, el hecho de que el imputado haya actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer dichos hechos punibles, siempre que ésta o aquélla no constituyere una asociación ilícita de que trata el Párrafo 10 del Título VI del Libro Segundo." 1

El hecho que los malhechores sean extranjeros sean uno dos o más no implica agravante.
La condición migratoria de irregularidad o la nacionalidad de quienes realizan actos delictivos no generan un mayor plus valor al hecho delictivo o a la conducta sancionada, el que esté en situación irregular no hace que sea más o menos grave la acción. La acción en sí es cometer un delito con pluralidad de malhechores, como sea que se cometa el ilícito, no la condición migratoria del o los individuos.
La situación de irregularidad migratoria en que se encuentra una persona, ya sea por la entrada irregular al territorio o por la carencia o vencimiento de la autorización de residencia, puede constituir una infracción administrativa y no un delito. Por lo tanto, no puede dar lugar a una respuesta punitiva por parte del Estado, tal como lo han señalado mecanismos internacionales de derechos humanos. Específicamente, se ha establecido que la detención de personas por incumplimiento de las leyes migratorias nunca debe ser con fines punitivos. Más aún, la detención de personas migrantes utilizada como un mecanismo de control migratorio, constituye una respuesta desproporcionada, arbitraria, inadecuada e ineficaz para dar respuesta al creciente fenómeno de la inmigración irregular, criminaliza
la migración irregular y produce un grave impacto en el ejercicio de los derechos de las personas migrantes.
Es importante en este contexto citar, el artículo 19 N° 2 de la Constitución chilena vigente que asegura a todas las personas: “la igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley". Esta igualdad básica de naturaleza de todos los seres humanos, asumida por los ordenamientos jurídicos, exige eliminar las discriminaciones en el ámbito sociológico, prohibiendo toda distinción basada en aspectos subjetivos de las personas por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.2
Por su parte la Ley de Migraciones, expresa claramente en su “Artículo 9.- la no criminalización. “La migración irregular no es constitutiva de delito”.



miércoles, 6 de abril de 2022

La sinrazón (Art. Opinión Baltasar Garzón)

Vivimos en tiempos de sinrazón, de cosas ilógicas o irracionales. La sinrazón se ha introducido en nuestras vidas haciéndose fuerte, cotidiana, liando cada vez más la madeja de la política y la vida en sociedad hasta el punto de que deshacer el embrollo es difícil y, en ocasiones, acabamos aceptando que las cosas son así.

#Guerra #OTAN #CPI #Rusia

Baltasar Garzón

Ucrania recurre a la justicia internacional para tratar de detener la guerra. EFE

Pero ¿son de verdad así?, ¿no pueden ser de otra manera?, ¿no hay nada que podamos hacer? Ucrania es hoy el espejo en el que mejor se reflejan las actitudes engañosas de la realidad. Tan pronto se abre una puerta a la negociación y al diálogo, es decir a la finalización pacífica del conflicto, como se descubren fosas comunes y sótanos de tortura por parte de soldados y, es de suponer, de altos mandos de la misma nacionalidad. Mientras tanto, se producen aluviones de informaciones, cascadas de declaraciones de condena, estupor y vergüenza de todos, ante esos crímenes, o bien otras de la parte prorrusa, que acusan de montaje propagandístico al gobierno ucranio y sus aliados. En esta coyuntura, la fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) afirma su competencia a pesar de que el presidente Zelenski y el parlamento ucranio no ha emitido todavía, desde el 24 de febrero, una norma o declaración de aceptación de la jurisdicción para los crímenes cometidos por unos y otros que estén incluidos en el Estatuto de Roma (genocidio, crímenes de lesa humanidad o de guerra.)

Pero lo cierto es que las víctimas continúan cayendo asesinadas por bombas y balas que no tienen nacionalidad y que lo mismo han sido fabricadas en Rusia que en China, EEUU, Gran Bretaña, Francia o España. ¡Qué más da! Para las víctimas el resultado es el mismo: muerte, exilio y desesperación. Las fauces de la aniquilación están abiertas y van engullendo y alimentando al monstruo que cada vez crece más sin que nadie, parece ser, tenga intención de detenerlo. 

Cuesta trabajo entender que toda la estructura de la ONU se haya visto comprometida y que su Carta fundacional no previera una situación como esta en la que uno de los cinco países con derecho a veto (EEUU, Rusia, Francia, Gran Bretaña y China) se encuentra envuelto. Se comprueba la inutilidad actual de una norma que quedó obsoleta y que consagra la dominación de los cinco grandes sobre todos los demás países. Quizás ha llegado el momento de que esto cambie. Resulta paradójico que se pongan de acuerdo para el suministro de armas y material militar o para las sanciones económicas más graves de la historia, y ni siquiera intenten convocar una Asamblea General para promover la reforma de la Carta de San Francisco de 26 de junio de 1945. Está claro, de nuevo, que los intereses geoestratégicos se imponen sobre cualquier otra circunstancia. Ninguno de los cinco quiere perder su derecho de veto, cuando este carece de sentido en la actualidad y siempre es tomado como excusa por alguno de los interesados cuando les conviene y para evitar, precisamente, lo que ahora está aconteciendo.

La realidad

La guerra se ha vuelto cada vez más perversa. ¿O es que alguien creía que su evolución con el reforzamiento armamentístico de las fuerzas ucranias iba a ir a mejor? No, radicalmente no. Hoy nos escandalizamos y horrorizamos por los crímenes cometidos en Bucha, mañana lo haremos por los que acontezcan en otra ciudad; luego es posible que algunos grupos de mercenarios hagan lo propio con los contrarios. Y mientras esto ocurre, además de imponer sanciones y suministrar armamento, recibir a exiliados y proporcionar ayuda humanitaria, ¿por qué los líderes mundiales que se reúnen una y otra vez no van a la causa del problema y resuelven de una vez este conflicto? ¿Se puede? Sí, claro que sí. Pero pienso que los interlocutores no son Ucrania y Rusia. Ésta ha invadido a aquélla ante el supuesto riesgo de ingreso en la OTAN y que la organización llegara a sus fronteras. Si esto es así, la interlocución debería ser entre el alto mando de la OTAN, EEUU, su principal financiador y Rusia. ¿Por qué no se produce ese encuentro, si verdaderamente son estos los protagonistas principales? Ucrania pone el territorio y las víctimas, pero la guerra se decide fuera de sus fronteras. ¿O es que acaso no existe interés en que finalice la masacre? 

Son infinitas las declaraciones y las normas represivas que se están produciendo. Muchas de ellas exceden de lo que las garantías de los derechos individuales exigen en un Estado de derecho. Las garantías judiciales deberían reclamarse ahora más que nunca. En este sentido, antes de proceder arbitrariamente contra todo lo que huele a ruso, quizás habría que tomar las decisiones que prevengan el desconocimiento de los mismos derechos que decimos defender. Por supuesto que es preciso indagar la relación que tienen los bienes de los diferentes actores con la financiación de la guerra motivada por la invasión de Ucrania, pero no se tendría que obviar la participación que han tenido también otros oligarcas diferentes a los oligarcas rusos. Quizás no baste con blanquear los activos, desprenderse de ellos o separarse de quienes antes eran socios. El principio de igualdad ante la ley no debería desconocerse como hacen quienes están destruyendo un país y a sus habitantes.


Armas de paz

Si no hacemos ni queremos la guerra, lo que deberíamos poner en marcha son iniciativas de construcción de paz. Pertenezco al mundo de la justicia, y ésta, una vez más, se encuentra en estos momentos ausente del conflicto; ya sea porque no se puede administrar en el escenario de guerra, ya sea porque no se alcanza a los presuntos responsables al quedar fuera de la órbita de la CPI. Pero, precisamente para estos casos, en España contábamos con un arma legal que existe en otros países, que aquí se laminó en 2014 y cuya recuperación nunca se ha vuelto a plantear, más allá de una mera promesa electoral en el programa del PSOE o en los trabajos y propuesta de la entonces ministra de Justicia, Dolores Delgado. Me refiero a la Jurisdicción Universal. El principio que rige esta jurisdicción es el adecuado para dar respuesta desde la justicia a una situación como la que estamos viviendo. Si en nuestro país y en otros tantos que no lo poseen se reconociera este principio, tendríamos un arma legal insuperable, más potente que todas las sanciones económicas y financieras y con muchas más garantías para hacer frente a la locura en la que Putin nos ha metido. Esta sí es una posibilidad y debería ser una obligación. La pregunta, nuevamente, es ¿por qué no se hace? Quizás aparezcan de nuevo los intereses económicos, diplomáticos y políticos que lo impiden. Y, si esto es así, habría que calibrar hasta dónde llega la credibilidad de las iniciativas que se están implementando para frenar el conflicto.

No estoy de acuerdo con la guerra. Cito aquí la tan repetida frase de Erich Hartmann, piloto alemán durante la Segunda Guerra Mundial: “La guerra es un lugar donde jóvenes que no se conocen y no se odian se matan entre sí, por la decisión de viejos que se conocen y se odian, pero no se matan”. Mas allá del ‘no a la guerra’, tenemos obligación de hacer propuestas de paz, o aportar ideas para alcanzarla. Podemos seguir firmando todos los manifiestos, memorandos y declaraciones que, sucesivamente, se nos vayan ofreciendo. Quizás eso tranquilice nuestras conciencias, pero vale para muy poco. Si de verdad queremos aportar ideas para la paz, exijamos que se comprometan nuestros representantes legales con estas iniciativas, o cualesquiera otras similares que podamos definir. Esa sería nuestra verdadera contribución para que la guerra se detuviera o, al menos, para prevenir otras que puedan asolarnos en el futuro. Esa sería la verdadera razón para que la justicia ocupe el lugar que le corresponde, protegiendo a las víctimas con las armas del derecho y frente a la sinrazón de la barbarie y la impunidad. 

Fuente: infolibre.es

viernes, 1 de octubre de 2021

LO QUE SÍ QUEREMOS. Artículo opinión: Susana Seleme Antelo


Amo a Santa Cruz porque es una madre generosa que para albergar más hijos se llenó de anillos.


Alcides Parejas Moreno



Y a pesar de esa generosidad, ¡qué manera de maltratar a Santa Cruz porque desde el centralismo andino se reivindica ancestros indígenas distintos a los regionales, a los que califican con explosivos epítetos de confrontación y violencia: separatistas, racistas, oligarcas y el último: ‘golpistas’. No somos ni unos ni otros. Somos autonomistas, también federalistas, que es otra historia, no de ahorita, sino desde que tenemos memoria histórica.

Si esta ‘Nación de la Llanura’, como la llamó don Carlos Valverde Barbery en uno de sus libros, fuera como la pintan el centralismo y sus voceros, los de antaño y los actuales, ¿por qué gran parte de Bolivia se vuelca a Santa Cruz, buscando su lugar en el mundo? Por su tierra y territorios fértiles, por el éxito de su economía abierta, inclusiva y dinámica, por la hospitalidad del ‘alma cruceña’, por su amor de madre generosa, como dice el historiador, profesor, novelista y entrañable cruceño, Alcides Parejas M.

De las 36 naciones indígenas reconocidas por la Constitución Política del Estado, aprobada en referendo, en 2009 –hubo quienes la rechazamos porque ya existían pruebas de las pulsiones autócratas y dictatoriales de Evo Morales- el Estado y el gobierno se centra en una: la aymara. Y ¿qué pasa con las 34 que habitan las Tierras Bajas del Oriente, el Chaco y la Amazonía? Tienen nombre, identidad, lengua e historia: Ayoreodes, Araonas, Buares, Canichanas, Cavineños, Cayubabas, Chácobos, Chiquitanos, EseEjjas, Guaranies, Guarasuw’es, Guarayus, Itonamas, Joaquinianos, Lecos, Machineris, Maropas, Mojeño-Trinitarios, Mojeño-Ignacianos, Monkoxi, Morés, Mosetenes, Movimas, Pacawaras, Reyesanos, Sirionós, Tacanas, Tapietes, Toronomas, T’simanes, Weenhayek, Yaninahuas, Yukis, Yuracares.

Caminando sobre alturas y llanos, siempre pacíficamente, marchan a pie exigiendo el cumplimiento de los Derechos Indígenas que hasta hoy son letra muerta en la Constitución y otras leyes. La marcha actual, la decimoprimera, 11, después de 37 días bajo lluvia, frío, sol ardiente hasta de 40 grados, con los pies ampollados, durmiendo a la intemperie, gente mayor, jóvenes, niñas, niños, tiene final abierto, aunque ya llegó a destino: Santa Cruz de la Sierra.  No podrá el régimen reprimirla como hizo con la VIII, porque se lo impediremos no solo de viva voz, pero pueden ignorarla como siempre. Sus máximas autoridades están invitadas a asistir a las reuniones del recién creado Parlamento de Naciones Indígenas de la Amazonía, Oriente y Chaco de Bolivia. ¿Asistirán, o seguirán su malévola política de dividir para reinar?

Por eso, el primero de los SÍ que queremos es que, de una vez por todas, el Estado y el Gobierno reconozcan de buena fe la naturaleza y el carácter pluriétnico y multilingüe de Bolivia, porque el plurinacional se atora en una: la aymara, sin desmerecerla en absoluto.

SÍ queremos que la bandera wiphala, y también la de Patujú, flor nacional, como la khantuta, por Decreto Presidencial Nº 22482de 27 de abril de 1990, y bandera oficial de La Paz por Ley Departamental 167/2018, flameen por igual en reconocimiento a la diversidad que somos.  Por eso, SÍ queremos vivir en democracia, respetando las diferencias, porque la “otredad” existe, como síntesis de múltiples determinaciones.

SÍ queremos desterrar la manipulación en la administración de la justicia injusta y subsumida por el poder político desde el Ejecutivo, con un Fiscalato convertido en represor/opresor, en manos del partido de gobierno hace más de 14 años.

SÍ queremos que la administración de Justicia vaya de la mano de la ética y de los Derechos porque todos somos iguales ante la ley.

SÍ queremos independencia de poderes, para eliminar la criminalización de la política.

SÍ queremos que cese la mentira política, porque menoscaba la capacidad ciudadana para juzgar a quienes violaron reiteradamente Derechos Humanos.

SÍ queremos que se juzgue a los responsables de la muerte de Christian Urresti y las 13 de Porvenir; que se juzgue a los que dieron la orden de ejecución extrajudicial a tres extranjeros en Santa Cruz de la Sierra, a los que ordenaron la represión a la VIII Marcha Indígena, en Chaparina; a los que ordenaron las muertes en Caranavi, La Guardia, Cofadena-Montero, entre otras, todas en el gobierno del ex Evo Morales.

Y también queremos que se esclarezcan las muertes de Senkata y Sacaba, porque, sin juicio justo ya han condenado a la ex presidenta Jeanine Añez, víctima del abuso de la detención preventiva sin guardar el debido proceso, ni la presunción de inocencia, ni sus derechos humanos más fundamentales: el derecho a la vida, a la salud y a su defensa en libertad.

SÍ queremos que el actual presidente, ex superministro de economía durante 13 años del régimen de Morales, explique a Bolivia en qué consistió su “milagro económico” para habernos dejado sin gas, sin soga ni cabra.

SÍ queremos, como pensaba Hannah Arendt, un ámbito público políticamente garantizado, porque sin ese espacio político entre diferentes, “la libertad pierde el espacio para hacer su aparición.”  Por eso, también queremos que, en nombre de Bolivia, dejen de legitimar regímenes dictatoriales en los que la libertada está proscrita.

Eso queremos:  libertad y justicia para seguir siendo la Santa Cruz generosa que siempre fuimos.

Artículo opinión: Susana Seleme Antelo

lunes, 23 de agosto de 2021

Criminalización de la justicia. Art.Opinión: Susana Seleme Antelo

“Como ser humano he agotado mis límites del esfuerzo; que el sufrimiento no es solo físico y psicológico, que va más allá de todo lo experimentado en mi vida, pues veo ya con cansancio y desesperación las lágrimas impotentes de mis hijos.”  Jeanine Añez: mujer, madre, expresidenta de Bolivia.


La exmandataria interina está presa desde hace cinco meses acusada en tres procesos diferentes de genocidio, terrorismo, conspiración, resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes durante su gestión presidencial de un año (2019-2020).

Si entre los rasgos que definen al sustantivo ‘humanidad’, figuran la sensibilidad y la compasión, convengamos que los mandamases del actual régimen boliviano y sus predecesores del proceso de cambio, carecen de humanidad. Igual que todos los regímenes autocráticos cubiertos de los peores excesos en procesos judiciales, más que delincuenciales, criminales, asevera Laurence Whitehead.

Es decir, dictaduras revestidas de democracia solo porque utilizan el voto ciudadano en elecciones periódicas para legitimarse y legalizar sus desmanes. Buscan el poder total para quedarse usufructuando de él toda la vida, como Evo Morales, expresidente de Bolivia, quien “desde 2006” sigue “la línea que nos dan Fidel y Hugo”. (Página Siete. La Paz. 09.03.2018). Esa línea no fue otra que la estrategia continental de dominación político-ideológica, planificada desde el Caribe y otros afines. (Ver https://www.nexos.com.mx/?p=49024).

Pedir humanidad para Jeanine Añez parece un contrasentido en esta cacería política, en la que matar al enemigo, se convierte en una forma ruin de supervivencia política, enfangada en un sistema de administración de Justicia miserable de hecho y de Derecho. El régimen cuenta con un ejército de arbitrarios ministros, procurador, fiscales, jueces serviles y mandados, responsables de la criminalización de la justicia, del desmantelamiento del Estado de Derecho, del fraude electoral de 2019, de las elucubraciones de un supuesto golpe de Estado, del inverosímil tráfico de armas y demás infundios. Esas son rotundas mentiras, mucho más que posverdades.

Jeanine Añez, de 52 años, madre de Carolina y de José Armando, está imputada y con cárcel preventiva por 6 meses por delitos que no cometió: terrorismo, sedición y conspiración. Antes de que se cumpliesen, le endilgaron otros 6 meses más, a costa de nuevos cargos que redundan en el abuso delincuencial de la detención preventiva, convertida en guillotina selectiva. Jeanine padece un cuadro de hipertensión arterial como enfermedad de base, a lo que se agrega una aguda depresión emocional, pues está incomunicada, las visitas de sus hijos solo por 30 minutos son vigiladas, ha adelgazado 10 kilos en 5 meses y su rostro habla de un sufrimiento severo e impotente.

Como expresidenta le correspondería un juicio de responsabilidades, no la criminalización a la que la someten, privándola de sus derechos constitucionales como su derecho a la vida, defensa en libertad y presunción de inocencia. Morales y los suyos no los respetaron nunca. Lo prueba José María Bakovic, sometido a persecución, hostigamiento y 76 juicios, hasta que lo mataron de infarto, en 2013. No olvido al General de la República, Gary Prado Salmón, quien sobrevive hasta hoy para contarlo, lo mismo que el exgobernador Rubén Costas con 33 juicios a sus espaldas.

La expresidenta asumió su obligación de sucesión constitucional como segunda vicepresidenta del Senado, tras el desmadre creado en Bolivia por Morales, su renuncia, huida, el vacío de poder tras la renuncia en cascada del resto de irresponsables que lo acompañan en su deriva dictatorial, que empezó en 2006.

¿Lo sabrán quienes redactaron el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI-OEA) que identifica el origen de la crisis política y social que vive Bolivia, en el incumplimiento de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016? Cierto, esa consulta le dijo NO a la pretendida cuarta elección de Morales, porque violaba el Art. 168 de la Constitución Política del Estado que solo permite una reelección continua. Morales iba por la cuarta. En los hechos, la deriva antidemocrática empezó diez años antes, siguiendo “la línea de Fidel y Hugo”.

Ya en 2016 Morales y los suyos habían barrido la institucionalidad democrática que con tanto esfuerzo Bolivia empezó a construir tras la derrota de las dictaduras militares en 1982. Aquel 2016 ya arrastraban cerca de 100 muertes violentas por las que Morales ni ninguno de sus conmilitones han rendido cuentas, merced a una justicia impune. A Morales, los Derechos Humanos le valen madre: Huanuni, La Calancha, Porvenir, hotel Las Américas, Caranavi, Panduro, La Guardia, entre otros.  Luto colectivo por las víctimas de Senkata y Sacaba, pero no son las únicas.

Pedir que las fuerzas políticas con representación parlamentaria aprueben un juicio de responsabilidades para juzgar a Jeanine Añez, sin incluir a Morales es una insolencia amoral. Es Morales quien nos condujo a este desmadre y retroceso político, jurídico, económico, social, étnico y cultural. No solo durante los casi 14 años de sus tres mandatos, amén de corrupción a granel, sino que aun hoy, no siendo presidente, es él quien manda, ordena y ejecuta.

¿Quiénes son los fachos aquí? Le preguntamos a Luis Arce, presidente formal, quien nos acribilló en la efeméride patria con un discuso de odio frente a los otros diferentes, para después cantar “ya la pagaran fachos de mierda”.  Como apunta Álvaro Riveros Tejada, los fachos son ellos, los del MAS, Movimiento al Sadismo, con su criminalización de la justicia.


Respeto y solidaridad con Jeanine Añez y todos los presos políticos del régimen Morales/Arce


El secretario General de la ALDHU, Juan de Dios Parra,  comentó al respecto:

Aún no podemos descifrar los hechos acontecidos durante este lamentable episodio. Por ello desde la ALDHU pedimos a las autoridades Bolivianas que Jeanine Añez acceda a un Juicio justo, con garantías de un correcto proceso y el no abuso político de la prisión preventiva; de este modo el gobierno demostraría que se trata de un ente democrático y justo. 

lunes, 9 de agosto de 2021

Cuestión de vida y de muerte.

Art. Opinión Baltasar Garzón.

“No es cuestión de risa, es cuestión de vida y de muerte". Recuerdo estas palabras de la Fiscal General del Estado el 2 de marzo de este año, en una comparecencia ante el Congreso destinada a presentar las memorias de la Fiscalía General del Estado de 2020 y 2019, en relación con los asesinatos de mujeres. Dolores Delgado reprochaba así los murmullos y risitas de los diputados de Vox que niegan la violencia de género como uno de los más nauseabundos pilares de su oferta programática.



Según cifras oficiales del Ministerio de Igualdad, hasta el 4 de agosto 30 mujeres habían muerto en 2021. De ellas, solo siete habían presentado denuncia previa. Sus presuntos asesinos fueron sus parejas, exparejas o pareja en fase de ruptura. 

Son unas cifras que van a todo galope y que amenazan con igualar o incluso superar el horrible balance de 2020, cuando en pleno auge de la pandemia fueron asesinadas 45 mujeres. El patrón se repite este año. Las estadísticas son sombrías y desesperanzadoras y de ellas da fe el último informe sobre evolución del número de mujeres víctimas mortales por violencia de género en España. 

Y es dramático porque desde 2003, año en el que empezaron a oficializarse estos datos, son 1.108 las mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas. Con todo lo fríos que son, los números permiten dimensionar el problema y medir su evolución para adoptar mejores medidas de prevención y protección. Por ello es útil recordar que las cifras reflejan una escasa disposición a denunciar por parte de las víctimas. Ese aspecto me preocupa sobremanera, porque esto quiere decir que estas mujeres, acosadas en la intimidad de su vida familiar o personal, temerosas por la suerte de sus hijos, no se atreven a dar el paso para señalar a su agresor cotidiano y pedir ayuda. Sin duda que en ello intervienen diferentes factores, desde la dificultad para reconocerse en situación de riesgo, pasando por el miedo a la reacción del agresor, la inseguridad ante el vacío económico que puede generarse tras la denuncia o incluso por un sentimiento de culpa al pensar que se merece esta situación por no ser la esposa o la madre que se espera de acuerdo con los patrones culturales vigentes que siguen otorgando un gran papel al patriarcado. Hay múltiples factores, pero todos ellos dejan en evidencia que, como sociedad, no hemos sido capaces de crear la red de protección que requieren las mujeres en esta situación de vulnerabilidad. Mujeres que no ven salida y que callan sumidas en su infierno diario, sin posibilidad de hallar respuestas en un entorno hostil o, cuando menos indiferente, en una sociedad insensible y en una justicia que es reacia a ofrecer la protección urgente y necesaria que precisan.


Mejor justicia

¿Cómo combatir esta inhibición que lleva en demasiadas ocasiones a la muerte? Los jueces, lo fiscales, los abogados… tenemos mucho que reflexionar en este sentido. Es sabido que la Fiscalía trabaja con un equipo de fiscales formados de manera especializada y que coordina la acción de diferentes departamentos relacionados con esta materia, para mantener una dinámica continua de conocimiento y sensibilización, con instrucciones claras de acompañamiento a la víctima durante todo el proceso e incluso tras la ejecución de la sentencia.

En cuanto a los jueces, creo que la formación inicial debería tener mucho más contenido en esta materia y no solo en lo que se refiere a los conocimientos teóricos, sino especialmente en cuanto a la aplicación del Derecho, que debiera tener en cuenta de manera transversal unos criterios de igualdad de género aplicados a lo cotidiano, tanto a los casos que resuelven, como en su entorno laboral e inclusive en su propio espacio personal. El machismo no debiera tener cabida en el Poder Judicial, ni en el ámbito de cualquier otro operador jurídico y en general de toda persona que trabaje en la administración de justicia. 

La responsabilidad de implementar y elaborar programas de concienciación en la judicatura y mantener una vigilancia continua y rigurosa contra aquellas actitudes que atentan contra los derechos de las mujeres es del Consejo General del Poder Judicial. Este órgano, tan cuestionado por su falta de renovación, anunciaba el 8 de marzo del 2019, Día Internacional de la mujer, la puesta en marcha del primer curso obligatorio en perspectiva de género, a raíz del Pacto de Estado contra la Violencia Doméstica y de Género, lo que es digno de celebrar. Sin embargo, a dos años de estos cursos, asociaciones de jueces y juristas han hecho pública su opinión de que, por el momento, no han dado grandes frutos. El curso se dirigía a jueces, juezas y fiscales que quieran acceder a cualquier tipo de especialidad dentro de la carrera judicial. 


Demasiado tarde

Este curso, como requisito, parece una buena iniciativa, pero he aquí un escollo importante: la medida es hacia futuro, por lo que quienes ya disponían previamente de plaza en juzgados relativos a violencia de género no están obligados a cursarlo ni a acreditar su formación en la materia. Esto podría ser considerado como una afectación grave del derecho a la igualdad en la aplicación del derecho, ya que un caso podría ser tratado de una manera u otra, según toque un juez o jueza con o sin esta especialización. La formación debe ser inicial y también continuada. No hay excusas porque existe una gran oferta de clases y cursos específicos, incluso en modalidad online (de auge con la pandemia pero que ha llegado para quedarse) y de formación de formadores.

A modo de ejemplo, recuerdo un caso en que el Tribunal Constitucional, en agosto de 2020, concedió amparo a una mujer que, en el curso de un procedimiento de divorcio, denunció maltrato psicológico por parte de su pareja. En opinión del Constitucional los hechos no se habían investigado suficientemente por lo que ordenó al Juzgado de Violencia sobre la Mujer que anulara su decisión de archivo, reabriera la investigación y llevara a cabo nuevas diligencias. En suma, se trataba de un toque de atención a los jueces a fin de que garanticen una investigación suficiente y eficaz. Y que respeten los criterios que nos vinculan a los dictámenes de Tribunales como el Europeo de Derechos Humanos.

Puedo imaginar el largo camino de esta mujer, en búsqueda de justicia, en todo lo extenuante y oneroso que debe haber sido, y lo prohibitivo para tantas otras mujeres que necesitan urgentemente de una respuesta rápida y certera. 

Ocurre que en demasiadas ocasiones los jueces llegan tarde. De eso se lamentan profesionales de la judicatura que a diario se enfrentan al problema. Recuerdo un interesante artículo de El Confidencial que leí el año pasado, en el que tres magistradas analizaban la realidad habitual, insistiendo en la necesidad de “trabajar y centrar esfuerzos en mejorar lo que sucede antes y después de su intervención”, haciendo hincapié en la prevención y el seguimiento y cómo evitar que la mínima parte de denunciantes se echen para atrás. Las juezas entrevistadas reclamaban información, formación y concienciación social como elementos básicos para conseguir que se rompa la barrera escalofriante del 80% de quienes padecen en silencio sin informar de su estado; lleguen las denuncias para poder brindar protección y que cuando llegue la intervención se esté aun a tiempo de salvarles la vida.


El papel de la ultraderecha

Vivimos un momento tormentoso en el que la ultraderecha, que ha ido avanzando con la ayuda de la derecha convencional, maneja como un mantra la negación de la violencia machista y acribilla con bulos y textos propagandísticos tal rechazo. En marzo de 2020 el grupo parlamentario de Vox presentó una Proposición no de Ley relativa al Pacto de Estado contra la violencia de género, instando a su modificación y a la elaboración de una Ley de Violencia Intrafamiliar. Pedían penas iguales para todos los casos de violencia en el ámbito de la familia, independientemente del sexo de la víctima y del agresor, y medidas de protección para todas las víctimas sin admitir que la mayoría de las agresiones se dirigen hacia la mujer por el hecho de serlo. En enero de este año hacían gala de similar desprecio mediante enmiendas contra el Proyecto de ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género durante la pandemia, que entraron en vigor meses antes como real decreto.

Vox volvió a sacar a pasear su discurso negacionista en enero de 2021, cuando restó importancia a las víctimas de esta lacra estructural a través de las enmiendas registradas al proyecto de ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género durante la pandemia, unas medidas que entraron en vigor a principios de abril vía real decreto y que ahora se tramitan como proyecto de ley.

La extrema derecha española ningunea, directamente, informes como la Macroencuesta sobre Violencia sobre las Mujeres, del Ministerio de Igualdad que en septiembre de 2020 ponía en evidencia cómo más de 11 millones y medio de mujeres mayores de 16 años, un 57% del total, han sufrido a lo largo de su vida algún tipo de violencia machista solo por el hecho de ser mujeres. El 99,6% de sus agresores fueron hombres. 


Las risas de Vox

Esta actitud machacona de Vox contra la evidencia empírica de la existencia de la violencia de género, abre paso y es un aliciente para aquellos que se sienten amenazados en sus privilegios como machos alfa. Lo decía alto y claro la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rossell recientemente, al afirmar que no podía descartarse que el repunte de violencia que vivimos desde el fin del estado de alarma puede tener que ver “con hombres envalentonados e indignados con el feminismo". Concuerdo con Rossell que existe responsabilidad política en esa forma de presentar las cosas, que muestra al hombre como víctima e induce al silencio de la mujer por el hecho de no creerla. 

Debemos pues actuar no solo contra esta lacra feminicida sino contra quienes la consideran como un hecho normalizado y no reprobable. La violencia de género existe. La omisión y la negación llevan a la tortura y al asesinato; a que la vida de miles de mujeres, que forman parte de más de la mitad de la población, discurra en un bucle infinito y callado de dolor e impotencia. Las risas que Dolores Delgado reprochó a Vox en aquella sesión parlamentaria, no eran sino los clavos que pretenden cerrar el ataúd de la esperanza, porque, como ella misma dijo, no es cuestión de risas, sino cuestión de vida y de muerte.


Baltasar Garzón Real es jurista y Presidente de FIBGAR

Fuente: Infolibre

martes, 3 de agosto de 2021

Nuevo compendio sobre verdad, memoria, justicia y reparación en contextos transicionales.





Históricamente la Comisión ha sido enfática en destacar y recordar a los Estados la intrínseca relación existente entre verdad, justicia, reparación y las garantías de no repetición, y la manera en que dichos componentes del proceso transicional no se sustituyen el uno al otro, sino que se complementan y retroalimentan entre sí. Particularmente, las garantías de no repetición de este tipo de contextos se relaciona directamente con la adopción adecuada y efectiva e implementación de todos estos estándares. En los contextos de graves violaciones de derechos humanos en los que la CIDH ha acompañado e impulsado mecanismos de justicia transicional, ha enfatizado cómo dichos mecanismos constituyen una expresión de esta interrelación. En palabras de la CIDH:

[E]l derecho a la verdad conforma uno de los pilares de los mecanismos de justicia transicional, entendida como una variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala -a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos-; servir a la justicia y lograr la reconciliación7. En particular, en contextos transicionales, el logro de una verdad completa, veraz, imparcial y socialmente construida, compartida, y legitimada es un elemento fundamental para la reconstrucción de la confianza ciudadana en la institucionalidad estatal.



lunes, 31 de mayo de 2021

ONG solicitan a la CIDH protección para una abogada salvadoreña por persecución

 San Salvador, 28 may (EFE).- Organizaciones humanitarias solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que dicte medidas de protección para la salvadoreña Bertha Deleón, quien fue abogada del presidente Nayib Bukele, por persecución política.



El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) señaló en un comunicado emitido este viernes que Deleón, excandidata por un partido opositor, enfrenta "una campaña de estigmatización, hostigamiento y un proceso de criminalización que se ha emprendido en su contra, el cual podría derivar en una detención arbitraria".

La abogada, que defendió al presidente salvadoreño en al menos dos procesos por calumnia y expresiones de violencia contra la mujer, fue notificada recientemente que se abrieron tres casos penales en su contra.

Explicó recientemente a la prensa que estos casos están relacionados con denuncias del político Walter Araujo, uno de los principales defensores del Gobierno de Bukele en las redes sociales, y un abogado defensor del empresario Enrique Rais.

Deleón denunció a Araujo por expresiones de violencia contra la mujer en 2020 por diversas publicaciones que este hizo en las redes sociales, lo que también derivó en la anulación de la candidatura para diputado del político por el partido oficialista Nuevas Ideas (NI).

La abogada también fue querellante en un caso contra Rais.

El Cejil señaló que la "solicitud de medidas se genera ante el riesgo inminente de un daño irreparable a los derechos de vida, integridad y libertad personal" de la letrada.

También destacó que Deleón fue querellante en el proceso que enfrentó el fallecido expresidente Francisco Flores por cargos de corrupción y ha defendido a "mujeres encarceladas por experimentar emergencias obstétricas en el contexto de penalización absoluta del aborto".

Añadió que Deleón "ha criticado públicamente actuaciones arbitrarias del actual mandatario (Bukele)", como el ingreso con militares y policías con fusiles de asalto en febrero de 2020 a la Asamblea Legislativa.

De acuerdo con declaraciones de la abogada, ese hecho marcó la ruptura de su relación con el presidente Bukele.

La petición de medidas de protección fue acompañada también por la abogada salvadoreña Ruth López Alfaro, la Red Salvadoreña de Defensoras de Derechos Humanos y la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras).

En una entrevista con el medio local El Faro, Deleón señaló que el actual fiscal general, Rodolfo Delgado, fue "impuesto por Bukele".

Delgado llegó a la Fiscalía el 1 de mayo, cuando la nueva Asamblea Legislativa de mayoría oficialista votó por destituir del cargo de fiscal general a Raúl Melara y a los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema.

"Ahora, ya se controla desde Presidencia a la Fiscalía y la Sala de lo Constitucional. Lo que hace que nadie tenga garantías judiciales y eso es grave. Realmente es grave y para mí creo que es doblemente grave", dijo al medio.

Estas destituciones, criticadas especialmente por Estados Unidos, han generado preocupación en la comunidad internacional por suponer un atentado contra la separación de poderes.

Fuente: Yahoo Noticias (EFE)

viernes, 30 de abril de 2021

Impunidad . Artículo Opinión: Paco Moncayo.

 La historia política de la humanidad refiere acontecimientos de explotación, abusos y arbitrariedades ejercidas desde el poder, que se magnifican en los sistemas totalitarios y autoritarios. La lista de emperadores, reyes, papas, dictadores, presidentes y autoridades de rango inferior, con el relato de crímenes abominables contra los pueblos que tuvieron que soportar su tiranía, es interminable.





Los cultores más sabios de la ciencia política propusieron una solución práctica: dividir el poder en tres funciones independientes, sometidas al imperio de la norma jurídica y obligadas a la protección de los derechos humanos. La Revolución francesa y la Revolución americana llevaron a la práctica ese modelo. Los regímenes absolutistas lucharon sin tregua en un proceso de larga agonía.

Los países latinoamericanos adoptaron sistemas republicanos presidencialistas y dictaron cartas constitucionales, pero todo quedó en letra muerta porque era imposible importar instituciones políticas a su patética realidad. Desde entonces, la región ha sido víctima de caudillos, la mayoría ineptos y corruptos, que cometieron abyectas tropelías.

Una debilidad de los incipientes sistemas republicanos ha sido la manipulación de la justicia desde el poder político y económico. Así, los corruptos logran impunidad y persiguen inocentes. Cuando la justicia obra conforme a norma jurídica y los condena, acuden a trapacerías y salen indemnes. Uno de esos embauques es el de ‘asegurar la gobernabilidad’, un sinsentido porque una gobernabilidad fundamentada en la impunidad es la que ha conducido a la actual postración del pueblo ecuatoriano.

El presidente electo Guillermo Lasso, hombre de principios morales sólidos, cometería un error de fatales consecuencias si escucha a asesores que, argumentando ‘acuerdos de gobernabilidad’ o intereses de Estado, le conducen a convertirse en un rehén de intereses mezquinos que desde la Asamblea harían fracasar su gestión. A la democracia no se la salva pactando a favor de los corruptos, sino acordando políticas públicas en bien del pueblo.

Fuente: La hora

miércoles, 21 de abril de 2021

DETENER PARA INVESTIGAR O INVESTIGAR PARA DETENER (Juan de Dios Parra)

 La diferencia entre abuso y justicia

Juan de Dios Parra,

Secretario General de la ALDHU

La privación de la libertad es una acción del poder que tiene la capacidad de despojar a una persona de su derecho a deambular sin restricciones, recluyéndola contra su voluntad en algún lugar en el que debe permanecer en encierro.




La libertad es un derecho humano esencial; su vigencia es uno de los principales atributos de la personalidad y para quienes nos reconocemos como hijos de la revolución francesa, atribuimos a la libertad el carácter de valor esencial de la sociedad democrática.

Por lo dicho, la privación de la libertad es un acto excepcionalísimo que el ordenamiento democrático otorga a las autoridades jurisdiccionales a ser aplicada con el mayor celo, cuidado y prevención puesto que el abuso de esta facultad especial hiere gravemente los fundamentos mismo de la democracia.

Cuando los ciudadanos nos despojamos de nuestra soberanía para delegarla temporal y condicionadamente en aquellos que investimos como autoridades; hacemos un acto de fe consistente en creer y confiar en que estas autoridades usarán las prerrogativas que les concedemos con la debida prudencia y sobre todo respeto por la dignidad humana.

En el derecho penal se ha establecido desde temprano la sanción de la perdida de la libertad para aquellos casos en los que alguien ha cometido un delito que por su gravedad hace que la sociedad le prive del derecho de vivir en ella en libertad.

Ya Don Quijote de la Mancha advertía desde la pluma brillante de Miguel de Cervantes que “El cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres” de allí que uno de los pilares de la sociedad democrática y de la civilización humana es la presunción de inocencia, consistente en que nadie puede considerarse culpable de un delito hasta que no haya sido condenado por la autoridad jurisdiccional pertinente y luego de un justo proceso.

En casos excepcionales los sistemas penales permiten a la autoridad privar a una persona de su libertad de una manera preventiva y cuando concurren las circunstancias de existir un fundado temor de que el procesado huya para eludir la acción de la justicia o para cuando fundadamente se considere al procesado como un peligro para la sociedad.

La prisión preventiva es entonces, una medida excepcionalísima y respecto de ella los más connotados juristas a lo largo de la historia han advertido acerca de lo delicado de su aplicación.

Francesco Carnelutti ya lo advertía en las miserias del proceso penal: “Desgraciadamente, la justicia humana está hecha de tal manera que no solamente se hace sufrir a los hombres porque son culpables sino también para saber si son culpables o inocentes…” de hecho Carnelutti calificaba a la prisión preventiva como un verdadero acto de tortura.

La prisión preventiva resulta injusta y cruel por cuanto hace sufrir al inculpado durante el proceso imponiéndole la pérdida de su libertad aún antes de determinarse si es culpable o inocente de aquel delito del que se le acusa.

Ya en el siglo XVIII el marqués de Becaria Don Cesare Bonesana en su tratado de los delitos y de las penas sostuvo “ Siendo la privación de la libertad una pena, no puede preceder a la sentencia sino cuando la necesidad lo pide, la cárcel por tanto, es la simple custodia de un  ciudadano mientras al reo se le juzga y ésta custodia siendo como es, esencialmente penosa, debe durar el menor tiempo posible y además debe ser lo menos dura que se pueda”

 En materia de investigación del delito una de las mayores diferencias entre la administración autoritaria de la ley y su administración democrática está precisamente en la máxima diferenciadora detener para investigar o por el contrario investigar para detener.

Lamentablemente en la mayoría de nuestros países, y ante el recrudecimiento de los delitos y la alarma pública que estos generan, se ha hecho una práctica popular entre los administradores de la justicia, la de abusar de la prisión preventiva a lo que se le suma en muchos casos la teatralidad de la puesta en escena de las detenciones, transformándolas en acontecimientos dramáticos que contribuyen al escarnio público y al sometimiento impune a la indignidad, el señalamiento y la condena social de los detenidos, circunstancias que no aportan la más mínima utilidad a la investigación del delito en cuestión pero que si causan un daño irreparable a quien las padece.

Poco importa que luego de la exhibición de estas puestas en escena y el linchamiento mediático consecuente de los detenidos, estos resulten inocentes o que las autoridades fracasen en su obligación de probar la existencia de los delitos imputados. La persona que padeció la privación abusiva de su libertad, sumada al escarnio, la humillación y la pérdida de su dignidad jamás se podrá recuperar del daño causado a él y a su entorno familiar.

De este modo el abuso autoritario y discrecional de las prerrogativas y facultades de que están investidas las autoridades se ha convertido en una nueva forma de sanción por encima de la presunción de inocencia y de las garantías del justo proceso.

Esto es exactamente lo que está ocurriendo con Pablo Celi, el contralor subrogante del Ecuador; su casa fue allanada en horas de la madrugada, por un fuerte contingente policial armado con fusiles de asalto, premunidos de herramientas de demolición, procediendo a derribar violentamente puertas y paredes aterrando a criaturas pequeñas, familiares, y todo esto ante un ser humano desarmado y voluntariamente sometido a cualquier cooperación que le fuera requerida. La intimidad de su hogar, de su dormitorio fue profusamente exhibida por los medios de comunicación violando un sagrado derecho a la privacidad.

Pablo Celi ha sido acusado de pertenecer a una red de delincuencia organizada por cuanto algunos funcionarios de la contraloría general del estado desvanecieron unas glosas que permitieron a una empresa privada cobrar dineros que le eran adeudados por una empresa estatal.

Pablo Celi afirma que ni el desvaneció tales glosas ni mucho menos se benefició de este acto administrativo. El desvaneciendo de glosas no constituye por sí mismo un delito; es un acto de la autoridad de control que opera cuando la persona natural o jurídica que ha sido glosada demuestra la improcedencia de tal medida; el delito estaría en el cobro indebido de coimas a cambio de desvaneciendo de estas glosas.

Será el Ministerio Público quien deberá aportan las pruebas que demuestren que Pablo Celi cobró por esa acción beneficiándose ilegítimamente de la misma.

Pablo Celi lo niega.

La institucionalidad jurídica del Ecuador cuenta con todas las herramientas para ejercer su trabajo, Celi además ha ofrecido su total colaboración. Será el proceso y los tribunales competentes en definitiva quiénes decidirán sobre su inocencia o culpabilidad, pero luego de todo lo ocurrido hasta hoy, ¿Le importará a alguien este resultado Si con el accionar del Ministerio Público y el escarnio al que ha estado sometido ya ha sido condenado?

Creo que un acto mínimo de justicia, imparcialidad y ecuanimidad por parte de las autoridades jurisdiccionales debiera ser en este caso, sustituir la medida de prisión preventiva de Pablo Celi por otras cautelares que garanticen el accionar de la justicia, pero también garanticen al acusado ejercicio de sus derechos, aunque a nadie le importe.

miércoles, 22 de abril de 2020

Corrupción y justicia en Chile

Para el académico Claudio Nash las graves acusaciones hechas por la presidenta del Tribunal Constitucional María Luisa Brahm en una entrevista con Leslie Ayala, han confirmado lo que las organizaciones de derechos humanos acusaban hace tiempo: que el TC era un instrumento para dilatar la investigación de crímenes ocurridos en la dictadura. Para el autor esto evidencia también, que la corrupción es una realidad en nuestros tribunales; y no podemos seguir haciendo como que estamos libres de ese virus.





En entrevista publicada el domingo 19 de abril, la Presidenta del Tribunal Constitucional (TC), María Luisa Brahm, denunció una grave situación al interior del Tribunal Constitucional que involucra a su ex Presidente, Iván Aróstica, y que según ella misma califica, “estuvo al límite de la corrupción”:

“Estoy totalmente de acuerdo con esa crítica del Poder Judicial. Hubo varios años anteriores a que yo asumiera en que se produjo una tramitación muy lenta de las causas, con el incumplimiento legal de los plazos para dictarse sentencia, causas que pasaban dos años de tramitación, dependiendo, además del caso, había una selección de la sala a la que iban, había poco rigor y se veían muy pocas causas. Cuando llegué a la presidencia había causas que llevaban más de ocho meses en que no había pasado nada con ellas, estaban en una especie de limbo. Estaban listas y no se veían. Eso produjo mucho malestar no solamente entre las partes, sino que también en los tribunales, porque cuando un requerimiento entra al TC se produce la mayoría de las veces la suspensión de la causa de base. Antes de que yo llegara, había causas detenidas en el TC por mucho tiempo y eso llevó a una situación que, yo diría, estuvo al límite de la corrupción”.

Sin duda esta denuncia es coincidente con la situación que desde hace años las organizaciones de víctimas de la dictadura venían denunciando: el Tribunal Constitucional se había transformado en un instrumento para dilatar las causas de graves violaciones de derechos humanos ocurridas en la dictadura. Era evidente que no había base jurídica para recurrir al TC, pero hacerlo sí era eficaces para la dilación mediante prácticas como las descritas por la Presidenta del TC.

La idea de tráfico de influencia ronda hace tiempo al máximo órgano constitucional chileno. La denuncia de la Ministra Brahm nos pone en alerta: no somos inmunes a la corrupción, como muchos pensaban. Nos acecha el mismo problema que a toda Latinoamérica.

En Chile ya teníamos situaciones donde se prendían luces de alerta, como el caso de la Corte de Apelaciones de Rancagua, donde se investiga a tres Ministros de dicha Corte por actos de corrupción (tráfico de influencia y pagos indebidos) para influir en causas y nombramientos bajo su control. Dos de estos ministros ya fueron expulsados del Poder Judicial y un tercero, se suicidó.



Existe un consenso cada vez más amplio de que el fenómeno de la corrupción tiene un impacto grave en el estado de derecho, la democracia y los derechos humanos. Empero, cuando la corrupción afecta a los órganos judiciales, es especialmente grave, porque se pone en riesgo la efectividad de la misma lucha contra la corrupción y la credibilidad en las instituciones del estado de derecho.

En efecto, la corrupción judicial tiene carácterísticas particulares por el rol que tiene el poder judicial -incluido en este el Tribunal Constitucional- en un sistema democrático. La labor jurisdiccional va mucho más allá de resolver las cuestiones que son sometidas a su conocimiento; también debe cumplir un rol fundamental en el control de otros poderes y en la protección de derechos humanos.En Chile, los órganos judiciales superiores tienen un rol en diversos nombramientos para cargos públicos, lo que los pone en una situación especial de poder.

Asimismo, el poder judicial cumple un rol fundamental en la lucha contra la corrupción y eso transforma a jueces y juezas -como individuos- y a los tribunales -como órganos del Estado- en potenciales objetivos a ser controlados por sectores criminales, incluido el crimen organizado. Por ello, se deben adoptar medidas eficaces para preservar la independencia judicial, pero con los debidos controles para evitar situaciones de corrupción judicial. Este siempre es un desafío complejo en cualquier sistema democrático.

Un aspecto que genera confusión en este tipo de casos es qué vamos a entender por corrupción. La corrupción puede ser conceptualizada como un abuso o desvío de una posición de poder para obtener ilícitamente un beneficio privado (propio o de un tercero).

De esta forma, en el ámbito judicial no solo es relevante determinar si en una acusación de corrupción ha habido un intercambio ilícito de “favores” judiciales a cambio de una suma de dinero. Los beneficios que configuran un acto de corrupción puede consistir en ventajas distintas a las materiales; a modo de ejemplo, en una situación como la denunciada en el Tribunal Constitucional chileno, el “beneficio ilícito” que se obtiene con la demora de los casos de derechos humanos pueden ser patrimoniales, pero también extramatrimoniales (solidaridad política, beneficios sociales, entre otros).



En definitiva, los escándalos de corrupción conocidos y denunciados, deben ser tomados como una oportunidad para enfrentar la corrupción judicial en Chile. La corrupción judicial es una realidad y debe ser enfrentada seriamente. Esa es la mejor lección de un sueño que se transformó en pesadilla.

 El caso investigado en Rancagua y la denuncia en el Tribunal Constitucional tienen en común confluyen los elementos que típicamente permiten que se presenten casos de corrupción. Según Roberto Klitgaard, para que se den situaciones de gran corrupción son elementos facilitadores: concentración de poder, discrecionalidad en las decisiones de las autoridades que concentran dicho poder y falta de control oportuno. Además, podemos sumar la impunidad o la sensación de que el poder que se tiene no permitirá que esos actos sean efectivamente juzgados. El secreto de los actos y acuerdos corruptos es una de sus principales características, por lo que se debe apuntar a exponer los actos de autoridad al control público y facilitar las denuncias.

Por tanto, la cuestión central es determinar qué medidas deben adoptarse en estos casos, más allá de la denuncia pública de los hechos, que es importante pero claramente insuficiente atendida la gravedad de los hechos denunciados. Aquí los caminos vuelven a converger entre la preocupación por la lucha contra la corrupción y la protección de los derechos humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe temático 2019 sobre el tema, ha señalado que la respuesta ante un fenómeno complejo debe ser proporcional a la complejidad de dicho fenómeno. Analicemos algunas medidas en concreto que debieran ser tomadas para enfrentar los casos de corrupción judicial.


  • Se deben desarrollar investigaciones penales y administrativas que permitan conocer toda la verdad tras estos hechos. No sirve de nada mantener en las tinieblas situaciones de corrupción. La protección de las instituciones no puede entenderse como una excusa para intentar tapar o encubridor estos graves hechos.
  • Se deben tomar medidas institucionales que permiten limitar los poderes que se concentran en altas autoridades judiciales. Tanto en el caso de la Corte de Rancagua como en el Tribunal Constitucional estamos ante hechos que ocurrían de una manera supuestamente “legal”. Esto obliga a adoptar medidas en la distribución de labores al interior de las instituciones judiciales que eviten formas concentradas de decisiones no jurisdiccionales (nombramientos) y menos aún, decisiones unipersonales que no son objeto de control horizontal (la demora en la tramitación de las causas, asignación discrecional de salas para conocimiento de causas son un buen ejemplo en la denuncia en el Tribunal Constitucional).
  • La discrecionalidad de las decisiones es una cuestión compleja en el poder judicial. La independencia de los órganos judiciales y de sus autoridades permite toma de decisiones relevantes y muchas de ellas son unipersonales. En ese sentido, la motivación de las decisiones y las posibilidades de control jurisdiccional son relevantes. Al obligar a fundar sus decisiones a las autoridades, se obliga a exponerse a escrutinio y eso debe funcionar como un freno a la discrecionalidad y la arbitrariedad. Asimismo, el control jurisdiccional permite formas de control entre pares y escrutinio público importante para desincentivar decisiones corruptas.



  • La falta de control o rendición de cuentas es igualmente compleja en el ámbito judicial. Si bien hemos dicho que la independencia supone la protección de las instituciones y de las autoridades las protege de presiones, ese mismo control limitado, complejiza la posibilidad de generar situaciones de corrupción. Hemos señalado que una de las formas de supervisión son los controles jurisdiccionales. Además de estos recursos, deben existir formas efectivas de transparencia y rendición de cuentas, tanto durante la gestión de las actividades, como al momento de salida de cargos de poder al interior de las instituciones judiciales. Rendir cuentas de las actividades en nada limita la independencia judicial; al contrario, fortalece su credibilidad institucional. De la misma forma, la transparencia, rendición de cuentas y fiscalización al momento de abandonar cargos de poder, es un claro mecanismo para disminuir incentivos de actuación ilícita.
  • Cuando estos mecanismos preventivos y de control fracasan o hay antecedentes de que pueden haber fracasado, es fundamental que se lleven adelante investigaciones Estas investigaciones deben ser transparentes y las resoluciones que se tomen deben ser públicas, de forma tal que exista posibilidad de controlar a los controladores. Hay que pensar que existe una legítima desconfianza por parte de la ciudadanía de que pueden existir formas de protección corporativas. La única forma de lidiar con dicha desconfianza es transparentar las investigaciones y sus decisiones.
  • En este mismo sentido, si estas investigaciones concluyen en que se han cometido actos ilegales, es necesario que las sanciones sean proporcionales. Esta proporcionalidad es una materia que ha estado en cuestión en Chile. Luego de las sanciones aplicadas en el marco de la corrupción de la política en el país quedó una sensación de impunidad de facto. Por ello, los ilícitos en el ámbito judiciales deben ser duramente sancionados para enviar un claro mensaje de intolerancia ante la corrupción en el ámbito de la Justicia.
  • Para que estos actos no vuelvan a suceder es necesario que se adopten medidas institucionales (reformas legales, revisión y corrección de prácticas, revisión de diseños orgánicos, entre otras) y culturales (enviar mensajes correctos desde las autoridades y de repudio ciudadano) para que estos actos no vuelvan a repetirse.
En definitiva, los escándalos de corrupción conocidos y denunciados, deben ser tomados como una oportunidad para enfrentar la corrupción judicial en Chile y dejar de pensar que en el país este no es un tema que nos deba preocupar. La corrupción judicial es una realidad y debe ser enfrentada seriamente. Esa es la mejor lección de un sueño que se transformó en pesadilla.

Fuente: Ciper Chile