El primero de Enero, entró en vigencia
en Colombia la Ley de Reparación y Restitución de Tierras a las Víctimas de las
violaciones de Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional
Humanitario, por el cual se adoptan medidas de protección, asistencia y
reparación a las víctimas en el marco del conflicto que ese país vive hace
décadas.
Por la dignidad de las víctimas |
La
Ley en cuestión, fue una iniciativa que respondió a la necesidad de garantizar
los derechos a la verdad, a la justicia, y a la reparación a millones de colombianos que han sufrido
alguna violación en sus derechos
fundamentales, siempre que esta situación sea consecuencia de infracciones al Derecho
Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas
Internacionales de Derechos Humanos. En esta Ley se ha integrado el proyecto de
restitución tierras, que sanciona la devolución de las tierras a quienes fueron
despojados de ellas como consecuencia del conflicto.
Los
principios generales orientadores que rigen este Proyecto son, el principio de Buena
Fe, Igualdad, Debido Proceso, Medidas transicionales,
coherencia externa, Coherencia interna, Enfoque diferencial y
Corresponsabilidad, entre otros.
Un principio significativo del
Proyecto está dado por su base en la
definición de la “Justicia Transicional”. Este concepto tal como lo define el
Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), dice relación con “una respuesta a las violaciones sistemáticas o
generalizadas a los derechos humanos. Su objetivo es reconocer a las
víctimas y promover iniciativas de paz, reconciliación y democracia. La
justicia transicional no es una forma especial de justicia, sino una justicia
adaptada a sociedades que se transforman a sí mismas después de un período
de violación generalizada de los derechos humanos. En algunos casos, estas
transformaciones suceden de un momento a otro; en otros, pueden tener lugar
después de muchas décadas”. Aunque sobre este punto, hay controversia, ya que
existen sectores que niegan que en Colombia se viva un proceso de Transición,
sino que solo hay esfuerzos parciales y unilaterales de terminar con el estado
de violencia.
Miles de desplazados exigen justicia |
En todo caso, hay un
reconocimiento relativo, que la aprobación de la Ley de Víctimas y de
Restitución de Tierras, avanza en la reparación de lo que el Gobierno
Colombiano ha llamado “una deuda moral
con las víctimas de la violencia”.
Según el Ministro del
Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras: “Este articulado le va a permitir
a millones de colombianos que fueron víctimas del conflicto rehacer sus vidas.
Empieza una etapa de cicatrización de tantas heridas, de reconocimiento a
personas que se vieron afectadas por la violencia; comienza también un proceso
de restitución de todas las tierras que les fueron arrebatadas también mediante
la violencia a quienes eran sus tenedores o poseedores”. El Ministro enfatiza que la Ley está
exclusivamente orientada a resarcir, mediante una política integral, a las
víctimas y a las personas desplazadas….“Nosotros en el Gobierno creemos que
estamos muy cerca de que este país supere su conflicto armado y lo que se abre
paso mediante esta ley es una etapa de resarcimiento en la sociedad a las
personas que por estas décadas sufrieron todos los rigores de la violencia”.
El Gobierno estima que cerca de cuatro millones de personas
afectadas por la violencia tienen derecho a la reparación económica y la
restitución de tierras.
La Violencia continúa |
De acuerdo con la
Comisión Ética Internacional de la Verdad de los Crímenes de Estado en
Colombia, el balance de la situación de los derechos humanos en el año
transcurrido continúa siendo muy negativo. A pesar del gran despliegue
mediático dado a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que entró en
vigor este primero de enero, la cual, según el presidente Santos, es única en
el mundo porque se da en el marco de un conflicto armado existente, la realidad
para las comunidades y las víctimas que la comisión ha acompañado en este
proyecto de memoria y resistencia no ha cambiado sustancialmente: en 2011 se ha
asesinado a más de 20 líderes en procesos de restitución de tierras, y entre
julio de 2010 y mayo de 2011 se registran 255 agresiones contra defensores de
los derechos humanos. De éstas, 54 fueron asesinatos, según el Informe del
sistema de información sobre agresiones a defensoras y defensores (SIADDHH),
del Programa Somos Defensores de Colombia.
Desde la sociedad civil hay múltiples críticas a la Ley de
Víctimas y Restitución de Tierras: las indemnizaciones sólo se dan por hechos
ocurridos a partir de 1985, mientras el derecho a la restitución de tierras se
ejerce sólo para desplazamientos ocurridos a partir de 1991. Existe además una
argucia jurídica que impide el retorno de los despojados a sus terrenos, que se
estima integran al menos 6.8 millones de hectáreas, según el Proyecto de
Protección de Tierras y Patrimonio, y afectan a más de 4 millones de personas:
si estas tierras han sido ocupadas de “buena fe” por empresarios
agroindustriales, los desplazados sólo recibirán del dueño actual una suma
mensual por el usufructo. Asimismo, no se tienen previstas medidas específicas
para las miles de víctimas de desaparición forzada. Quien recibe indemnizaciones
renuncia a su derecho a la reparación integral en el ámbito internacional.
Además, no están incluidas las víctimas de los grupos paramilitares actuales,
con el argumento de que se trata de “bandas criminales”.
Que el gobierno de Santos reconozca que existe un
conflicto armado interno fue valorado como un avance relativo; sin embargo,
llevó a que muchos crímenes cometidos se subsuman ahora en el “conflicto
interno”, ocultando que en la mayoría de los casos se trata del terrorismo de
Estado que ha venido padeciendo Colombia en agravio de una población civil
indefensa y opositores políticos al régimen.
Este reconocimiento del conflicto armado interno se
aprovecha para presentar en el Congreso iniciativas legislativas que pasan como
“marco legal para la paz” y que si se reforma la Constitución darían lugar a
que el gobierno pueda dar “un tratamiento diferenciado para las distintas
partes que hayan participado en las hostilidades”, incluyendo los militares,
para quienes se plantean penas máximas de cinco a ocho años, como se aplicó a
“los grupos armados al margen de la ley” cubiertos por la mal llamada Ley de
Justicia y Paz, siendo entonces un nuevo instrumento de impunidad disfrazado de
mecanismo de justicia en pro “de la paz y la reconciliación”.
La ley 1424 de 2010, que provee de un marco jurídico para
resolver la situación judicial de más de 24 mil paramilitares desmovilizados
que no cometieron delitos de lesa humanidad y no fueron incluidos en el proceso
de la Ley de Justicia y Paz, es otro dispositivo de impunidad. Esta ley prevé
que los desmovilizados sólo serán imputados del delito de concierto para
delinquir, se les suspenderán órdenes de captura y condenas vigentes y a cambio
deberán contribuir a la “construcción de la verdad”, en un mecanismo que no tendrá
consecuencias jurídicas ni penales, inciso que fue declarado condicionalmente
exigible por la Corte Constitucional, posibilitando finalmente consecuencias
jurídicas para terceros, menos para los integrantes de su propio grupo, y
suscribir compromisos con los programas de reintegración ofrecidos por el
Estado. La información entregada por los paramilitares (y teóricamente los
guerrilleros), que no aclara cómo será verificada, será sistematizada por el
Centro de Memoria Histórica creado por la Ley de Víctimas. Ésta es la propuesta
estatal de una supuesta Comisión de la Verdad para Colombia, que en los hechos
será nutrida por declaraciones de paramilitares.
Preocupa igualmente el debate sobre la ampliación del
fuero militar. Si bien el ministro de Justicia afirma que esa ampliación no se
aplicaría a violaciones de los derechos humanos, se propone que sea primero la
justicia penal militar la instancia que decida si se trata de un delito
cometido en el marco del servicio o de una violación a los derechos humanos.
Las muy pocas condenas ejemplares de 25 y 30 años contra altos mandos por
violaciones a los DDHH, como en los casos de las desapariciones forzadas del
Palacio de Justicia o la masacre de Mapiripan, difícilmente se darán en el
espacio de la justicia penal militar.
La campaña de estigmatización de la defensa de derechos
humanos continúa siendo parte de una estrategia orquestada desde las fuerzas
armadas, que sostienen que las ONG han desatado una guerra jurídica contra los
militares a partir de crímenes supuestos o magnificados, compra o invención de
víctimas y testigos, mencionando (o amenazando) a organismos de derechos
humanos, como el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, la Comisión
Colombiana de Juristas y la Comisión de Justicia y Paz, entre otros. (Gilberto López y
Rivas, La Jornada)
Descargar texto completo de la Ley de Víctimas:
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