En medio de las preocupaciones por el avance de la pandemia COVID 19, pasó casi desapercibida la noticia del nuevo indulto presidencial a un criminal de lesa humanidad. La medida habría favorecido al general ® Hugo Prado Contreras, excomandante de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), quien cumplía una pena de 5 años de presidio por su complicidad en el secuestro y asesinato de cinco militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), cuyos cuerpos fueron lanzados al mar desde una aeronave del Comando de Aviación del Ejército.
Este se trata de un proceder constituyente de una clara impunidad frente a los crímenes horrendos cometidos bajo dictadura. Tal medida incumple normativas internacionales suscritas por Chile y socava aún más la autoridad y credibilidad del Estado chileno en materia de justicia. El futuro debate constitucional debe abordar la grotesca paradoja de un país donde delitos menores o simples faltas son castigadas con extrema severidad, mientras que los autores y cómplices de secuestros y asesinatos múltiples son enviados a sus hogares aduciendo su “buena conducta”, edad o enfermedades.
Los cinco
Los frentistas Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, Julián Peña Maltés y Alejandro Pinochet Arenas, fueron raptados a principios de septiembre de 1987 para utilizarlos como rehenes de canje ante el secuestro por parte del FPMR del coronel de Ejército Carlos Carreño Barrera, quien fue liberado el 3 de diciembre de 1987 en la ciudad de Sao Paulo, Brasil.
Las investigaciones en torno a este caso establecen un vínculo directo con Augusto Pinochet a través de su asesor el general Santiago Sinclair. El proceso conocido como “causa de los cinco” es uno de los últimos crímenes de la dictadura en el cual se utilizó la táctica de la desaparición, lanzando los cuerpos al mar desde helicópteros militares.
Fuente: Villa Grimaldi . Cooperación Parque por la paz
Juan de Dios Parra, Secretario General de la ALDHU comentó al respecto: "Como ya anunció el abogado Francisco Bustos, los beneficios carcelarios entregados por el ejecutivo durante el 2020 y 2021 a agentes uniformados de la DINA y la CNI no han cumplido con la normas de Derecho internacional, lo que podría generar responsabilidad internacional del estado chileno. Los beneficios fueron otorgados mediante la Ley 19.856 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual tiene como fin la creación de un sistema de reinserción social en base a la observación de buena conducta de los condenados. La situación es preocupante, debido a que los beneficios fueron entregados casi exclusivamente con intervención del Poder Ejecutivo mediante resoluciones exentas del trámite de toma de razón ante Contraloría, ni tampoco control jurisdiccional.
El Derecho internacional, si bien no prohíbe acceder a beneficios, sí señala que deben imponerse sanciones efectivas de modo de evitar la impunidad. También, señala que los familiares deben ser oídos al momento de discutir estos temas. Es preocupante saber que algunos de ellos no han cumplido con la rehabilitación o la consciencia del delito. La justicia también fue cómplice de esta situación, al juzgar los hechos tardíamente y con penas muy menores.
Un poder ejecutivo que intenta legitimar una dictadura que atentó durante décadas sobre los derechos humanos no debería permitirse".
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