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sábado, 8 de agosto de 2020

Caravana de la Muerte: Corte condenó a 5 años de cárcel a Santiago Sinclair, ex segundo hombre del Ejército


Santiago Arturo Sinclair Oyaneder, general en retiro y quien llegara a ser vicecomandante en jefe del Ejército durante la dictadura militar, fue condenado a 5 años y 1 día de cárcel, en calidad de autor de homicidios calificados, por la Corte de Apelaciones de Santiago.



El también otrora miembro de la Junta Militar y senador designado por el mismo régimen para el período 1990-1998 fue hallado culpable de los ilícitos, cometidos en octubre de 1973 en Valdivia, por llamada "Caravana de la Muerte".

El caso también incluye condenas -a 10 años- para el reconocido violador de derechos humanos Pedro Octavio Espinoza Bravo, brigadier en retiro del Ejército; así como para Juan Viterbo Chiminelli Fullerton -5 años y 1 día- y Emilio Robert de la Mahotiere González -3 años y 1 día-.

La Tercera Sala del tribunal, integrada por los ministros Carlos Gajardo, Alejandro Madrid y la abogada (i) Paola Herrera, estableció que "que la muerte de estas 12 personas se pretendió justificar en la sentencia que en contra de ellos se habría dictado por un Consejo de Guerra, que les atribuyó participación de autores en el hecho ocurrido en el cuartel policial de Neltume".

"Aunque también se recibieron otras declaraciones de abogados que dicen haber participado en Consejos de Guerra realizando en la ciudad, tampoco ellas resultan idóneas (...) pues o bien se refieren a épocas diferentes o no entregan elementos de juicio con la suficiente solidez y coherencia como para arribar a la conclusión que se viene cuestionando", afirma la resolución.

"En consecuencia, sólo cabe concluir que las muertes por fusilamientos de Gregorio José Liendo Vera, Pedro Purísimo Barría Ordóñez, Rudemir Saavedra Bahamondes, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Enrique del Carmen Guzmán Soto y José René Barrientos Warner, no tienen justificación legal alguna y, por lo tanto, sólo obedecen a la decisión de quienes ejercían el mando militar en esos momentos, para lo cual se valieron del concurso de varias otras personas subordinadas a ellos, en el intento de revestir de juridicidad un hecho que no la tenía", razona el fallo.

Fuente: Cooperativa




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