Un fallo histórico declaró a la empresa #Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador y al Estado ecuatoriano culpables de #esclavizar a 123 agricultores abacaleros. El ministro de Trabajo, Andrés Isch, retiró un reconocimiento a la empresa y anunció que acatará las medidas. Las víctimas deberán recibir indemnización, tierras y disculpas públicas.
Disculpas públicas, la entrega de 5 hectáreas de tierra para cada afectado y reparación económica son algunas de las medidas que el juez Carlos Vera Cedeño dispuso el pasado 19 de abril, a favor de 123 extrabajadores de la empresa Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador.
Tres meses después de que en una audiencia oral el juez Vera reconociera por primera vez la existencia de servidumbre de la gleba en los campos de abacá de propiedad de esta empresa japonesa, y cerca de tres años después de que el Estado recibiera las primeras denuncias, se ha dispuesto el cumplimiento de las primeras medidas de reparación a favor de un grupo de campesinos agricultores de la costa ecuatoriana.
Según la sentencia (un documento de 246 páginas), la firma japonesa Furukawa está obligada a pagar a cada uno de los afectados de este grupo la suma que determine un perito acreditado por el Consejo Nacional de la Judicatura. Además, deberá entregar a cada uno de los demandantes 5 hectáreas de tierra o su equivalente en dinero, usando como referencia el valor promedio comercial de la hectárea de tierra en la zona comprendida entre los kilómetros 33 y 42 de la vía Santo Domingo-Quevedo, y tendrá que disculparse públicamente a través de los diarios de mayor circulación en el país. La empresa Furukawa ha declarado ser propietario de 2 300 hectáreas que ocupan tierras en las provincias de Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Los Ríos.
Pero no solo la empresa tiene obligaciones derivadas de este fallo. La sentencia dispone que los Ministerios del Trabajo, Inclusión Económica y Social y Salud Pública emitan disculpas públicas en sus páginas web por no haber actuado oportunamente para frenar estas prácticas desde las acciones que les corresponden.
El documento consigna la existencia de un “mecanismo de servidumbre impuesto por la Empresa y que ha contado con la aquiescencia del Estado”. Resalta también con detalles sin precedentes el componente de discriminación contra población afrodescendiente y el de género, que aportaron el peritaje antropológico que sostiene la sentencia. El documento dice que las mujeres y niñas que son parte de las familias de los agricultores varones han sido sometidas a trabajos de cuidado no remunerados. “Para la empresa Furukawa -reza la sentencia-, el beneficio que le reporta que familias enteras vivan en los campamentos de sus haciendas es doble: en primer lugar, se beneficia de las personas que trabajan de manera intermediada y precarizada en la cosecha percibiendo ingresos por debajo de un salario básico unificado y sin beneficios de ley; y en segundo lugar, se beneficia de los trabajos de cuidado y del hogar que sostienen a los trabajadores de la cosecha, sin que entreguen remuneración alguna por aquello”.
En el fallo judicial del 15 de enero, ratificado en el escrito emitido el pasado 19 de abril, el juez constitucional Vera Cedeño resaltó los hallazgos que, mediante el uso de un peritaje antropológico, sustentaron sus conclusiones. Entre ellos, habló de “trato diferenciado” y “discriminación racial” por parte de los operarios, administrativos y propietarios de Furukawa, pues tomó en cuenta que al menos el 80% de los más de 1 200 trabajadores y trabajadoras afectados por las prácticas de la empresa son afrodescendientes originarios de la provincia de Esmeraldas.
“La responsabilidad principal por la vulneración de los derechos de las víctimas esta atribuida a Furukawa por todas las acciones que esta comete. Sin embargo, se debe señalar como responsable de todas las vulneraciones descritas al Ministerio de Trabajo, esto por cuanto, la falta de cumplimiento de sus atribuciones, como la de la protección del Trabajo, y sobre la base de estas las conferidas de la Direcciones Regionales del Trabajo como visitar construcciones de locales destinados al trabajo y a viviendas de trabajadores, por cuanto las circunstancias así lo ameritaban, y en consecuencia imponer las sanciones correspondientes. Es decir, si el Ministerio de Trabajo hubiese cumplido con su obligación de concurrir hasta el lugar donde vivían los trabajadores, todas estas vulneraciones que cometió Furukawa se habrían evitado, por esta razón es que responsabiliza de la totalidad de la vulneración de los derechos de las victimas expuestos en esta sentencia, al Ministerio de Trabajo, porque la omisión de sus atribuciones propició que estos actos se cometan”.
Ministerio de Trabajo retira condecoración a Furukawa
Poco después de que se conocieran las medidas dispuestas por la justicia a través del juez Vera, el Ministerio de Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2021-132, el miércoles 21 de abril, mediante el cual echa abajo un reconocimiento que esa entidad otorgó a la empresa en 2005, durante el gobierno de Alfredo Palacio, cuando el ministro del ramo era el abogado Galo Chiriboga.
El ministro de Trabajo, Andrés Isch, declaró a La Barra Espaciadora que esa institución acatará “con absoluto respeto” lo que determina la sentencia en el momento en que reciba la notificación correspondiente. “Hemos decidido retirar la condecoración dada al mérito laboral a Furukawa -añadió Isch- y cualquier otra norma de igual jerarquía o menor que se oponga a esto también queda automáticamente derogada”.
El acuerdo Nro. 000246, de 8 de septiembre del 2005, emitido por el exministro Chiriboga -quien también fungió de ministro y fiscal general durante el gobierno de Rafael Correa, como abogado personal del expresidente, y que hoy enfrenta procesos ante la justicia ecuatoriana- confirió la condecoración al mérito laboral a la ciudadana japonesa Hiroko Furukawa, Apoderada General de la empresa Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador, destacando su “actividad y trayectoria cumplida mediante de (sic) iniciativas válidas para fortalecer y dinamizar el cultivo y la industrialización del Abaca, así como el establecimiento y funcionamiento de industrias derivadas de la agricultura y ganadería, apoyando trabajos de investigación, creando fuentes de trabajo y contribuyendo positivamente al desarrollo productivo del país”.
Pero el documento emitido este miércoles 21 de abril derogó tal Acuerdo. De esta manera, el Ministerio de Trabajo reconoció que la firma japonesa no ha contribuido al mejoramiento de la empresa privada y a la superación socioeconómica del Ecuador, ni ha acreditado una conducta que fortalezca las relaciones obrero-patronales, pues esos son los requisitos para ostentar esa condecoración.
Con esta acción, y de acuerdo con el documento publicado, la cartera de Trabajo reconoce también -en su ámbito de competencia- que en la empresa abacalera Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador “se evidenció incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo así como incumplimiento a las disposiciones previstas en el Mandato Constituyente No. 8 y Código de Trabajo, como intermediación laboral, trabajo infantil, entre otros, infringiendo de esta manera normas constitucionales e infra constitucionales así como instrumentos int
ernacionales de derechos humanos”.
Isch dijo también que el caso Furukawa es uno de los puntos que su administración ha puesto a disposición del equipo del presidente electo Guillermo Lasso como parte de los temas irresueltos por la entidad. “Es uno de los temas que se identifican en el proceso de transición”, dijo.
Una sentencia histórica
El viernes 15 de enero del 2021, el juez Carlos Vera Cedeño declaró la existencia de servidumbre de la gleba en campos agrícolas de Ecuador. Como se lo ha señalado en entregas previas, la figura de esclavitud signada en la categoría de servidumbre de la gleba no solo se refiere a la propiedad física sobre las personas o a las imágenes de esclavos con cadenas y grilletes. El juez Vera -gracias al peritaje antropológico- esgrime la “perspectiva de la violencia y control” ejercidos sobre las víctimas.
La sentencia escrita incluye decenas de testimonios, informes médicos periciales y habla de la vulneración de los derechos constitucionales a la no discriminación, a una vida digna, a un trabajo digno y bien remunerado, a salud, educación, agua, alimentación, seguridad social, vivienda e identidad, a la libertad personal, a la igualdad material.
Luego de tres días de audiencia, 123 campesinos y campesinas de la costa ecuatoriana celebraron este fallo de la justicia que reconoce por primera vez que la empresa japonesa Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador les había sometido a esta forma de servidumbre reconocida por el Sistema de Naciones Unidas como una modalidad de esclavitud moderna.
Dos años después de que una investigación periodística conjunta entre este portal y la revista Plan V, y un informe de la Defensoría del Pueblo de Ecuador denunciaran estas violaciones, un informe pericial antropológico ha sido clave para determinar que el llamado Caso Furukawa no se trata solamente de un conflicto laboral. “Los relatos desentrañan episodios de agresiones e incluso muerte de trabajadores, las mismas que nunca fueron denunciadas por una sensación de indefensión frente al poder simbólico que la empresa ejerce sobre ellos y la incidencia que esta podría tener en la institucionalidad estatal”, dice el documento.
Entre las medidas de reparación que incluye la sentencia están también la orden de que el Ministerio de Trabajo inspeccione permanentemente las haciendas de Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador. y que los Ministerios de Educación, Salud y de Inclusión garanticen los derechos a la educación, salud física y mental y la inclusión de estas familias, medidas que no se han implementado a pesar de que ya fueron dispuestas en ocasiones anteriores.
El fallo dispone además que el Ministerio de Agricultura investigue y determine “si las haciendas de Furukawa han cumplido con la función social y ambiental o, en su defecto, deberán ser afectadas conforme a derecho”.
Y determina que la Defensoría del Pueblo del Ecuador realice el seguimiento para el cumplimiento de esta sentencia y ordena que las medidas cautelares y prohibición de desalojo que protegen a las víctimas se mantengan vigentes hasta que se asegure el derecho a la vivienda para las víctimas.
En dos casos específicos, el fallo dispone a la empresa que se encargue del registro de identidad de uno de los accionantes y de la regularización de otra, una mujer de nacionalidad cubana. Sin embargo, según un censo lecantado en el 2019 por el mismo Minsterio de Inclusión Económica y Social, las víctimas de la empresa japonesa serían al menos 1 244.
La empresa ha burlado la sentencia
La decisión del juez Vera marca un hito en materia de Derechos Humanos en Ecuador, pues representa una garantía para la vigilancia de respeto a esos derechos y ayuda a disminuir los abusos del poder en el sector agroexportador del país.
No obstante, Alejandra Zambrano, una de las abogadas defensoras de las víctimas, aseguró que esta sentencia “es solo un primer paso”, pues la Fiscalía General mantiene abierta una investigación contra Furukawa por trabajos forzados que no ha avanzado. Otro de los defensores de los abacaleros, Alejandro Morales, recordó que durante las audiencias, se demostró que la empresa habría usado como testigo a un trabajador para que mienta en su declaración, lo que podría configurar “un posible fraude procesal” que la Fiscalía debe incluir en su investigación. Además, se demostró que los trabajadores habían sufrido agresiones racistas durante su tiempo de trabajo, “y eso constituye un delito de odio que es imprescriptible, entonces la Fiscalía deberá investigar”.
Al conocer el dictamen del juez, el abacalero Manuel Torres dijo que el equipo de abogados había logrado una victoria. “Me siento muy agradecido, muy contento porque ya se están dando las cosas y estamos luchando”, dijo este campesino de 48 años que empezó a trabajar para Furukawa cuando tenía apenas 25.
Sin embargo, empleados de la empresa han violado esta sentencia. El pasado 2 de febrero, cerca de un mes después de la audiencia, operarios de Furukawa demolieron el campamento donde hasta hacía un año vivía Manuel Torres junto a su compañera sentimental, 4 de sus hijos y unos 10 trabajadores más.
Los empleados aprovecharon que Torres salió del lugar para derrumbar la precaria construcción donde él junto a otros agricultores dormían. Luego de tumbar el campamento, quemaron las pocas pertenencias que Manuel tenía, entre ellas, un colchón, ropa, un par de botas y juguetes de sus hijos y nietos.
Apenas 9 días después, el jueves 11 de febrero, Manuel Torres y un grupo de familiares y amigos denunciaron que los empleados de Furukawa Raúl Mora, Ramón Mendoza, Byron Flores, Iván Segarra y un guardia privado de la empresa intentaron arrollar a Manuel, quien transitaba en su motocicleta por uno de los senderos dentro de la hacienda. El vehículo de la empresa se acercó a alta velocidad y lo obligó a estrellarse contra la cuneta, provocándole heridas en brazos, piernas y torso, y dañando la moto. En el acto, se puso también en riesgo la vida de tres niños y dos adolescentes.
Byron Flores, uno de los pasajeros de la camioneta, fue viceministro de Agricultura de Ecuador hasta febrero del 2020, y desde mayo de ese año se convirtió en gerente de Producción de Furukawa. Hasta el momento, la Fiscalía no ha tomado medida alguna al respecto.
La fiscal María Susana Rodríguez, a cargo del caso, tampoco quiso pronunciarse, según dijo, debido a que “existe una disposición de la máxima autoridad en la que se señala que existen voceros autorizados para comunicarse con los medios de prensa”. También buscamos hablar con Flores poco después del episodio, pero una mujer contestó su teléfono y respondió diciendo que el exviceministro no podía atendernos porque había muerto su padre.
Manuel Torres es uno de los extrabajadores de Furukawa que goza de una acción de protección dictada también por el juez Carlos Vera el 12 de marzo de 2020, y que fue ratificada el 30 de diciembre de 2020 por los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas. La medida prohíbe que la empresa destruya los lugares que los campesinos usan para resistir pues estos son evidencias en el proceso penal y son los únicos espacios que ellos pueden usar como viviendas.
Esto “demuestra que, pese a la existencia de medidas cautelares y a la reciente sentencia que declaró la violación de derechos humanos y constitucionales, la empresa continúa operando sin ninguna sanción ni restricción”, dijo en un comunicado el Comité de Solidaridad Furukawa Nunca Más, que reúne a varias organizaciones de defensa de los Derechos Humanos y a un equipo de abogados de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos de Ecuador, también defensores de las víctimas.
Durante estos dos años, los voceros del Ministerio de Gobierno y del Ministerio de Trabajo han negado la existencia de violaciones a los derechos fundamentales de estos agricultores y en su lugar, han intentado posicionar la versión oficial de que el caso solo refleja un conflicto laboral. Hace un mes, intentamos comunicarnos con la viceministra de Trabajo, Sharian Moreno, a cargo del caso, pero a través de un chat se excusó y pidió tiempo para delegar a un nuevo vocero. Por eso, las declaraciones del actual ministro de esa Cartera, Andrés Isch, constituyen un giro en el discurso que sobre este caso ha manejado el Estado ecuatoriano.
Cabe anotar que, de acuerdo con un reciente reporte del portal Primicias, el abacá es uno de los productos no tradicionales no petroleros que mostró un incremento muy notorio en sus exportaciones durante el 2020, con un índice de crecimiento del 200%, y que la empresa Furukawa es la principal exportadora de esta fibra en el Ecuador, a pesar de que sus prácticas de servidumbre de la gleba han sido demostradas y constituyen faltas graves en las relaciones comerciales entre Ecuador y sus socios internacionales.
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