De manera silenciosa y sistemática el máximo tribunal ha ido
anulando y dejando sin efecto sentencias dictadas por los consejos de guerra.
En 2016 y en 2018 fue un caso, este año entre mayo y septiembre la Corte anuló
siete sentencias de consejos de guerra, en que a los condenados “se les
absuelve por haber sido comprobada satisfactoriamente su completa inocencia”.
“En los procesos sustanciados conforme a las normas de los
tribunales militares en tiempo de guerra a contar del año 1973, se
desconocieron y vulneraron deliberada y sistemáticamente los derechos
procesales y, en particular, el derecho de defensa de los enjuiciados”.
Esta frase corresponde al fallo de la Segunda Sala de la
Corte Suprema, emitido el 3 de octubre de 2016, que decidió anular la decisión
del consejo de guerra en que se condenaron a 12 exfuncionarios de la Fuerza
Aérea de Chile (Fach), compañeros del general Alberto Bachelet.
En esa oportunidad, la resolución estableció que las
autoridades de la época instrumentalizaron “un estado de guerra para activar
artificiosamente una competencia castrense indebida, pero además para con
ningún control cometer en contra de la población delitos graves que el derecho
internacional considera como de lesa humanidad”.
La resolución del máximo tribunal ocurrió luego que en 2015
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fallara contra el Estado
chileno en esta materia. Esto marcó un precedente a considerar a la hora de
revisar nuevos casos similares.
La resolución sobre el consejo de guerra de la Fach, que fue
caratulado 1-73 y que se resolvió tres años atrás, está teniendo repercusiones
que hoy se están sintiendo al interior de la Sala Penal de la Corte Suprema.
Esto, porque de manera silenciosa y sistemática el máximo tribunal ha ido
anulando y dejando sin efecto sentencias dictadas por los consejos de guerra.
Mientras que en 2016 fue un caso y se registró una segunda
invalidación en 2018, este año entre mayo y septiembre la Corte Suprema anuló
siete sentencias de consejos de guerra, en que a los condenados “se les
absuelve por haber sido comprobada satisfactoriamente su completa inocencia”.
Así, a través de estos fallos, fueron beneficiadas cerca de
70 personas que habían sido sentenciadas por tribunales en Pisagua, Antofagasta
y Concepción, entre otros.
“Recurso excepcional”
El vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, explicó
que “los consejos de guerra condenaron a determinadas personas y se ha
producido todo un proceso de revisión de estas sentencias, a partir de unas
cuestiones bien importantes. La primera es una sentencia de la CIDH, que
precisamente declaró que en esos consejos de guerra, las declaraciones de los
imputados y posteriormente condenados fueron obtenidas bajo tortura y que las
otras pruebas aportadas no eran de calidad”.
Cisternas relató que a raíz del fallo de la CIDH se
“obligaba al Estado de Chile a tomar una posición, en el sentido de restablecer
a estas personas en sus derechos. Por eso hubo un primer recurso de revisión
(en 2016), a propósito de esa sentencia de la Corte Interamericana”.
El juez añadió que “después de eso han venido otras
solicitudes de revisión, a propósito de actuaciones de consejos de guerra en
que se involucra, además, la situación de contexto general que vivió el país”.
En este sentido, el magistrado indicó que también ha servido la información
obtenida a partir de los informes Rettig y Valech, en que se daba cuenta de
actuaciones realizadas por estas instancias.
Respecto al mecanismo que ha realizado la Suprema para dejar
sin efecto estas resoluciones, Cisternas indicó que el recurso de revisión “es
muy excepcional, porque es destruir la cosa juzgada, que es como la catedral
del derecho procesal. Entonces, para ir en contra de esa institución se
necesita un conjunto de pruebas muy contundentes”.
Por su parte el abogado de casos de derechos humanos, Nelson
Caucoto, señaló que “hay que restituir el derecho en ese tema, porque mucha
gente fue agredida y violentada con esos consejos de guerra”.
Agregó: “Me parece que la Corte Suprema se ha puesto a fondo
con el tema de la justicia respecto de estos tribunales, que fueron una parodia
de justicia… Estamos restituyendo el imperio del derecho respecto a
resoluciones que están al margen del debido proceso y las garantías
judiciales”.
Fuente: la tercera
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