Santiago de Chile, 4 de Julio de 2018.
RELATOR ESPECIAL SOBRE
INDEPENDENCIA DE MAGISTRADOS
ONU
Sr. Diego García Sayán
De nuestra especial
consideración:
Recurrimos ante Usted a objeto de poner en su conocimiento un grave intento de menoscabar y entorpecer el actuar independiente e imparcial de la Jueza de garantías penales de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, Daniella Camacho, quien lleva a su cargo el procesamiento penal del ex presidente de la República Rafael Correa Delgado, en una causa por secuestro de un ex legislador en la que se investiga su participación.
La referida jueza Daniella
Camacho ha dictado una orden de prisión preventiva en contra del ex presidente
Correa, por cuanto este no cumplió con su requerimiento de presentarse ante la
magistrada.
La cuestión es que esta
medida cautelar, adoptada en el marco de las atribuciones legitimas que asisten
a la jueza Camacho, en el ejercicio de sus funciones, ha sido duramente
cuestionada y criticada por los presidentes de la república de Bolivia Evo
Morales y de Venezuela Nicolás Maduro, quienes la han calificado como un acto
de persecución política instigado por los Estados Unidos.
Es evidente que este
intento por desacreditar internacionalmente el actuar independiente de una
magistrada, además de constituir un inaceptable acto de injerencia en la
soberanía judicial del Ecuador, importa una evidente acción intimidatoria en
contra de la juez a cargo del proceso.
Nos consta la separación de
poderes y la independencia de la judicatura así como el respeto a sus
prerrogativas democráticas actualmente vigentes en Ecuador, reinstaladas
laboriosamente desde el ejercicio del actual gobierno del presidente Lenin
Moreno y especialmente desde la implementación de las correcciones
institucionales aprobadas por el referéndum de Febrero del 2018.
Las declaraciones aludidas
de los presidentes Morales y Maduro, configuran un intento de injerencia
inaceptable, pero sobre todo, afectan negativamente la integridad del ejercicio
de la magistratura.
Por lo dicho, y apelando al
contenido de la resolución 8/6 y demás pertinentes del Consejo de Derechos
Humanos, 40/32, 45/166 de la Asamblea General de la ONU, y a sus especiales
facultades para “investigar toda denuncia sustancial” y en ese marco
“identificar los atentados a la independencia de la judicatura”, recurrimos a Usted para que luego de
investigados los hechos, informe la ocurrencia de este atentado al Consejo de
Derechos Humanos de la ONU, para que éste lo ponga en conocimiento de la Asamblea General y requiera a sus autores
que se abstengan de interferir en la actuación independiente y soberana del
Poder Judicial del Ecuador en este caso.
Juan de Dios Parra
Secretario General de ALDHU
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