El siguiente decreto deroga el acuerdo modificatoiro al acuerdo sobre privilegios e inmunidades entre el Gobierno de la república del Ecuador y la Asociación Latinoamericana para los derechos Humanos (ALDHU), restableciendo las inmunidades y privilegios en Ecuador
N° 968
LENIN MORENO GARCÉS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE I..A REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la
República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública;Que los numerales 1 y 5 del artículo 147 de la Constitución de la República establecen como
atribuciones del Presidente Constitucional de la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia; así como, dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización regulación y control;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1582 de 16 de febrero de 2009, artículo 1, se denunció
y se declaró terminado el "Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades entre el Gobierno de la
República del Ecuador y la Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos",
suscrito en la ciudad de Quito, el 20 de septiembre de 1990; y,el "Acuerdo Modificatorio al
Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades entre el Gobierno de la República del Ecuador y
la Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos", suscrito en Quito, el 09 de
febrero de 1998;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1582 de 16 de febrero de 2009, articulo 2, se derogó el
Decreto Ejecutivo No. 471-A de 03 de junio de 2003, con el cual se ratificó el "Acuerdo
sobre Privilegios e Inmunidades entre el Gobierno de la República del Ecuador y la
Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos", suscrito en la ciudad de Quito,
el 20 de septiembre de 1990;
En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confieren los numerales 1 y 5 del artículo
147 de la Constitución de la República del Ecuador; y, el literal f) del artículo l1 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
DECRETA:
Artículo Único.- Deróguese el Decreto Ejecutivo No. 1582 de 16 de febrero de 2009.
DISPOSICIÓN GENERAL.- De la ejecución de las disposiciones contenidas en el presente
Decreto Ejecutivo, encárguese el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Deróguese todas las disposiciones de igual o menor
jerarquía que se opongan al presente Decreto Ejecutivo.
DISPOSICIÓN FINAL.- Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en el Palacio nacional de Quito, a 7 de enero de 2020.
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
ALDHU anuncia que tras esta medida reparatoria, estudiará el restablecimiento pronto de su sede en Ecuador.
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