La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en
la investigación por los delitos de secuestro y homicidio calificados de 23
trabajadores de las centrales hidroeléctricas El Toro y El Abanico, en
septiembre de 1973 en la zona de Hualqui, la Octava Región de Chile durante el golpe de estado. Siete de ellos
ejecutados y el resto hechos desaparecer. El general (retirado) Patricio Martínez Moena, ex embajador en
China, fue sentenciado a 20 años de cárcel, sin beneficios; el coronel (retirado)
Walter Klug Rivera a 10 años y 1 día de presidio, sin beneficios, Ismael
Espinoza Silva a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada.
Los condenados deberán cumplir por su
responsabilidad en los homicidios de:
Juan Miguel Yañez Franco, César Augusto
Flores Baeza, Víctor Jerez Meza, Mario Belmar Soto, Mario Samuel Olivares
Pérez, Juan Eladio Ulloa Pino y Víctor Adolfo Ulloa Pino;
Además de los
secuestros calificados de: Abraham López Pinto, José Abel Coronado Astudillo,
Abel José Carrasco Vargas, Alamiro Segundo Santana Figueroa, Luis Leopoldo
Sepúlveda Núñez, Plutarco Coussy Benavides, Wilfredo Hernán Quiroz Pereira,
Exequiel del Carmen Verdejo Verdejo, Domingo Norambuena Inostroza, Luis Eduardo
Vergara Corso, Benjamín Antonio Orrego Lillo, José Óscar Badilla García, Manuel
Antonio Aguilera Aguilera, Manuel Sepúlveda Cerda, Bernardo Samuel Meza Rubilar
y Manuel Jesús Arias Zúñiga.
La sentencia de la Corte Suprema se adoptó con
el voto en contra -en el aspecto penal- del ministro Lamberto Cisternas, quien
fue partidario de acoger minorantes de responsabilidad en el caso del condenado
Klug Rivera; y la opinión disidente de la ministra Muñoz, quien fue partidaria
de acoger la prescripción de la acción civil en el caso (vulnerando en su decisión la
convención de Viena de 1969, firmada por Chile, entre otros).
En el aspecto civil, la Sala Penal ratificó la
sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000
(cincuenta millones de pesos) a cada uno de los nueve familiares de las
víctimas que fueron ejecutadas o desaparecidas en 1973, en el sector
cordillerano de Los Ángeles, Región del Bío Bío.
En paralelo, la Segunda Sala de la Corte de
Apelaciones de Valdivia ratificó el procesamiento que dictó la Ministra en
visita Ema Díaz el 11 de septiembre pasado en contra del inhabilitado diputado
Rosauro Martínez (RN) por los crímenes cometidos en el marco del denominado
caso Neltume, que implica la muerte de 11 militantes del MIR, en 1981.
Rosauro Martínez está procesado por su
eventual responsabilidad en los homicidios de los militantes del MIR Próspero
del Carmen Guzmán Soto, Patricio Alejandro Calfuquir Hernández y José Eduardo
Monsalve Sandoval, en el sector de Neltume, al oriente de Panguipulli, en 1981.
De acuerdo a la investigación, al momento de
los hechos Martínez era comandante de la Compañía de Comandos Nº 8 del Batallón
Llancahue y participó en la llamada operación “Machete”, que buscaba
neutralizar a los militantes del MIR que se habían instalado en la zona
cordillerana de Panguipulli.
El parlamentario fue detenido el pasado 11 de
septiembre luego de ser notificado de la
decisión de la jueza que sustenta la causa en su contra. Un día después, la
Corte de Apelaciones de Valdivia resolvió dejar en libertad bajo fianza al
diputado a cambio del pago de $15 millones.
Además, el tribunal determinó que citará a
declarar al ministro del Interior de la época, Sergio Fernández (1978-1982).
Texto original de: RedDigital
No hay comentarios:
Publicar un comentario