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sábado, 31 de julio de 2021

Senadores piden detener las expulsiones masivas en Chile

Un grupo de senadores de oposición solicitó al Ejecutivo que “detenga las expulsiones masivas que han sido cuestionadas a nivel internacional, garantizar el debido proceso en el caso de que estas se efectúen con la observancia de los principios de interés superior del niño y la reunificación familiar".



28 de julio de 2021

"Detener las expulsiones masivas y garantizar el debido proceso de niños, niñas y adolescentes y la reunificación familiar", son los ejes del proyecto de acuerdo recientemente fue aprobado por la mayoría (20 votos a favor y 12 votos en contra) del Senado y que fue patrocinado por senadores de oposición. 

En concreto, se solicitó al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, se sirva instruir al Ministro del Interior y al Subsecretario de la misma cartera detener las expulsiones masivas que han sido cuestionadas a nivel internacional, así como garantizar el debido proceso en el caso de que estas se efectúen con la observancia de los principios de interés superior del niño, niña y adolescente y reunificación familiar, o en el caso de que se trate de expulsiones de padres, madres o cuidadores o cuidadoras, y, en particular, revisar la situación de los migrantes venezolanos, verificando el cumplimiento del principio de protección complementaria. 

El proyecto de acuerdo fue patrocinado por los senadores Isabel Allende, Loreto Carvajal, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Ximena Rincón, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Alfonso De Urresti, Álvaro Elizalde, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Ricardo Lagos, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Carlos Montes, Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros y Jorge Soria.

Los autores hicieron presente que “durante los últimos meses hemos visto cómo el Gobierno ha realizado expulsiones masivas de personas migrantes so pretexto de “ordenar la casa” en materia migratoria, expulsiones que han sido rechazadas por organismos internacionales. 

La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), la Oficina Nacional en Chile de la Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR), la Misión en Chile de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en Chile, señalan la importancia de que las medidas adoptadas se adecúen al derecho internacional de los derechos humanos y derecho internacional de los refugiados. En el contexto de la pandemia por COVID 19, un grupo de Expertos de Naciones Unidas y el Comité sobre Trabajadores Migratorios de la ONU ya han realizado un llamado a los Estados a considerar la suspensión temporal de las deportaciones o retornos forzados de migrantes”.

Estas expulsiones masivas, agregan los autores del proyecto de acuerdo, “violan los derechos humanos de los inmigrantes, que en algunos casos han sido revocadas por los mismos tribunales, al acoger recursos de amparo presentados por los afectados y distintos organismos como el Servicio Jesuita a Migrantes, y las clínicas jurídicas de distintas universidades”.

Para mayor abundamiento, indican que el presidente de la Corte Suprema ha manifestado que las expulsiones masivas de migrantes son “medidas prohibidas por el derecho internacional”. Dicha situación se ha traducido en la crítica del Ejecutivo respecto de las sentencias del Poder Judicial, lo cual raya en la intromisión en las decisiones de otro poder del Estado, cuestión que lamentablemente al Gobierno parece no importarle.

“Como legisladores nos preocupa no solo el cumplimiento de la legislación y la imagen de Chile; sobre todo, nos interesa cuidar los derechos de quienes han venido a Chile con la intención de salir adelante o huyendo de situaciones precarias y de crisis. Nos inquieta que estas personas se enfrenten a una nueva separación de las familias debido a la conducta de este Gobierno, y en especial, nos alerta de qué manera esta expulsión puede afectar a niñas y niños y adolescentes”, recalcan.

Fuente: senado.cl



 

jueves, 29 de octubre de 2020

Cómo puede Chile reparar a las víctimas de violaciones de DDHH durante el estallido social

 ¿Han sido adecuadas, oportunas, idóneas y efectivas las medidas adoptadas por el Estado? ¿El Estado ha emprendido un real proceso de reparación coordinado y dialogado? ¿Ha realizado el requerido reconocimiento de responsabilidad por exceder lo permitido por la legítima defensa y la proporcionalidad? Por el momento, la respuesta parece ser negativa. Esperemos que las víctimas no tengan que activar miles de demandas por falta de servicio, antes de que el Estado reconozca su responsabilidad institucional por el uso excesivo de la fuerza.


Desde que se conocieron las violaciones de derechos humanos cometidas durante el estallido social, el Estado de Chile ha intentado emprender acciones con miras a rehabilitar o “reparar” a las víctimas por los daños sufridos por parte de agentes del Estado. Transcurrido ya más de un año desde el inicio de las protestas, cabe preguntarse si esos esfuerzos han sido idóneos, oportunos y efectivos.

El derecho internacional de los derechos humanos exige que toda violación de DDHH sea íntegramente reparada. Esta obligación es adicional a la de investigar el delito y sancionar a los(as) responsables. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha reconocido en su jurisprudencia constante que los Estados tienen el deber, por un lado, de declarar y reconocer las violaciones cometidas por sus agentes o bajo su tolerancia y, por otro, reparar el daño causado por tales actuaciones, independientemente de la declaración de responsabilidad penal en el caso. Tal proceso requiere que cada poder del Estado actúe coordinadamente, de acuerdo con su capacidad institucional, con el objetivo de otorgar una reparación íntegra.

Ahora bien, ¿qué medidas concretas pueden contribuir a la reparación de los daños? La propia Corte IDH ha establecido que la reparación toma diversas formas, tales como medidas de restitución (si es posible), satisfacción, rehabilitación e indemnización. Además, deben cesar las violaciones y otorgarse garantías de no repetición.

Ejemplos son la restitución de tierras ancestrales; actos de reconocimiento de responsabilidad estatal y disculpas públicas de parte de los órganos que han cometido la infracción; memoriales para las víctimas y sus familias; pagos de gastos funerarios; otorgamiento de tratamientos médicos gratuitos –físicos, psicológicos y psiquiátricos–, incluidos medicamentos y transporte, así como rehabilitación en caso de discapacidad adquirida, a cargo de equipos multidisciplinarios por el tiempo que sea necesario. La creación, modificación y/o derogación de leyes que facilitaron o causaron la violación; capacitación a funcionarios públicos; elaboración e implementación de protocolos, así como también indemnizaciones por daño patrimonial y moral.

En Chile, los esfuerzos de reparación han seguido distintas vías. En diciembre de 2019, se creó el “Programa Integral de Reparación Ocular”, cuya implementación no ha estado ausente de críticas, especialmente vinculadas al retardo en las prestaciones, falta de apoyo psicológico y problemas en la tramitación de licencias médicas, gestión de medicamentos y declaraciones de invalidez. Esto dio pie a que el Gobierno anunciara hace un mes la presentación de un proyecto de reparación para las víctimas del estallido social, anuncio que a la fecha no se ha materializado.

Además, la presidenta del Senado informó el pasado viernes que, junto a la Comisión de Derechos Humanos, habían constituido una mesa para contribuir a la verdad, justicia y reparación de las violaciones cometidas, junto con el objetivo de incluir recursos para que el Programa PRAIS se haga cargo de atender a las personas que sufrieron mutilaciones graves. Esto, además, incorporando medidas para que no se repitan las violaciones de DDHH. Como hemos dicho, la verdad es parte de la reparación integral y, en este sentido, es valorable la iniciativa del Senado.

En el mismo sentido, diputados de la oposición presentaron un proyecto de reparación e indemnización para las víctimas de violencia estatal y sus familiares. El proyecto apunta a “establecer una regulación especial para efectos de determinar la responsabilidad del Estado de Chile”, mediante la aplicación de una serie de excepciones probatorias bajo el procedimiento de juicio sumario regulado en el Código de Procedimiento Civil.

Finalmente, el Ministerio Público y el Poder Judicial han intentado reaccionar ante la enorme cantidad de delitos denunciados, cuestión que deben hacer de oficio, pero que también es reclamada por la mayoría de las víctimas, dada la expectativa de que los delitos más graves –contra la integridad y la vida– encuentran justicia, principalmente, en la sanción penal efectiva. A la fecha, el porcentaje de formalización no supera el 1%. Como muestra el Informe Anual sobre Derechos Humanos de la UDP de 2020, el Ministerio Público no da abasto para otorgar una rápida respuesta a las víctimas, a pesar de haber tomado medidas para adecuar los métodos de trabajo a la mayor cantidad de causas.

Dado este contexto, ¿han sido adecuadas, oportunas, idóneas y efectivas las medidas adoptadas por el Estado? ¿El Estado ha emprendido un real proceso de reparación coordinado y dialogado? ¿Ha realizado el requerido reconocimiento de responsabilidad por exceder lo permitido por la legítima defensa y la proporcionalidad? Por el momento, la respuesta parece ser negativa. Esperemos que las víctimas no tengan que activar miles de demandas por falta de servicio, antes de que el Estado reconozca su responsabilidad institucional por el uso excesivo de la fuerza. 

Fuente: El mostrador, por  Marcela Zúñiga y Judith Schönsteiner