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martes, 18 de julio de 2017

Desclasificación de archivos: más verdad para enfrentar el relativismo histórico.

El hecho de posicionar la certeza acerca de los graves delitos contra la humanidad cometidos por agentes del Estado, sin espacios a matices o relativismos históricos, debiera ser un estándar ético para una sociedad democrática. Tal como ha señalado el politólogo francés Bruno Groppo, la desclasificación de los archivos de la represión representa un acto político que permite develar la verdad de todos los crímenes cometidos y negados u ocultados por la oficialidad dictatorial, reparar a las víctimas y familiares y reconocer pública y oficialmente esta verdad develada.


A fines de junio del presente año, la Policía de Investigaciones (PDI) desclasificó los archivos de su Departamento 50, unidad especial encargada de investigar las actividades del espionaje nazi en Chile, durante la Segunda Guerra Mundial. Estos materiales fueron entregados, para su conservación, al Archivo Nacional. A partir de esta desclasificación surgen algunas reflexiones que son importantes de considerar sobre los archivos relativos a las violaciones a los derechos humanos cometidas por la dictadura cívico-militar.
La primera de ellas tiene que ver con la inexistencia en el país de una normativa específica sobre este tipo de archivos, en los que se presenta información sobre vulneración de derechos de personas, y que resultan ser muy diferentes a los que normalmente acopia el Archivo Nacional. En el marco de las exigencias por la estipulación de una nueva Ley de Archivos en nuestro país, ha estado relativamente ausente la necesidad de normar colectivamente los archivos de derechos humanos elaborados por organismos privados.
En este sentido, la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi, el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, y otros organismos de derechos humanos que actualmente conforman la Red Nacional de Historia Oral y Archivos Orales, tenemos experiencia en el manejo de este tipo de archivos.
Además del deber de garantizar la apertura y el acceso a todos los archivos de memoria de los que disponemos, estamos conscientes de tomar precauciones porque se trata de archivos complejos, que dan cuenta de emociones derivadas de vivir situaciones límite, como la tortura, la muerte, la violación, entre otras. Parte importante de estos archivos (como los pertenecientes a FASIC y a la Vicaría de la Solidaridad, por ejemplo), contienen testimonios de víctimas y familiares, recogidos al poco tiempo de ocurridos los hechos, en plena dictadura, en el marco del secreto profesional o eclesiástico. Esto implica que su eventual traspaso o apertura representa una enorme complejidad, siendo necesarias condiciones adecuadas de acceso y uso, garantizando, en cualquier contexto, su utilización en investigaciones judiciales.
Lo segundo, en relación con lo anterior, es que estos archivos deben ser de acceso público, pero en el uso de sus contenidos deben operar criterios propios de sitios de memoria, como, por ejemplo, la protección de la identidad de las personas que aparecen referenciadas. En el caso del Archivo Oral de Villa Grimaldi, un acervo audiovisual de testimonios de ex detenidos de este recinto, originado en 2006, siempre se debe consultar a los testimoniantes respecto al uso de sus relatos, para saber en qué contexto lo autorizan, en situaciones que puedan exceder lo estipulado en los consentimientos que firmaron al momento de ser entrevistados.
Y, como tercer aspecto, algo que resulta muy relevante para la comprensión de nuestra historia reciente, es que se debe propiciar que se desclasifiquen otros archivos que en la actualidad permanecen en manos de organismos e instituciones del Estado. Sitios de memoria, entre ellos Villa Grimaldi, han demandado públicamente la desclasificación de todos los archivos de la dictadura cívico-militar, con el objetivo de enfrentar los intentos deliberados de olvido y los brotes de negacionismo que han surgido en el último tiempo.

Un ejemplo de todo esto es la situación relativa a los archivos surgidos del trabajo de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, conocida como Comisión Valech. Si bien es muy poco probable que estos archivos contengan información relevante en materia penal (referencias a nombres, situaciones o represores que ya no se conozcan, por ejemplo), sí podrían permitir ratificar las dinámicas de la represión, la operación de sus redes, los procedimientos de los grupos de la muerte, etc.

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