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domingo, 8 de enero de 2012

COLOMBIA: LEY DE VICTIMAS Y RESTITUCIÓN DE TIERRAS, AVANCES Y CRÍTICAS.


El primero de Enero, entró en vigencia en Colombia la Ley de Reparación y Restitución de Tierras a las Víctimas de las violaciones de Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario, por el cual se adoptan medidas de protección, asistencia y reparación a las víctimas en el marco del conflicto que ese país vive hace décadas. 

Por la dignidad de las víctimas
La Ley en cuestión, fue una iniciativa que respondió a la necesidad de garantizar los derechos a la verdad, a la justicia, y a la reparación  a millones de colombianos que han sufrido alguna violación  en sus derechos fundamentales, siempre que esta situación  sea consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos. En esta Ley se ha integrado el proyecto de restitución tierras, que sanciona la devolución de las tierras a quienes fueron despojados de ellas como consecuencia del conflicto.

Los principios generales orientadores que rigen este Proyecto son,  el principio de  Buena  Fe,  Igualdad,  Debido Proceso, Medidas transicionales, coherencia externa, Coherencia interna, Enfoque diferencial y Corresponsabilidad, entre otros.

Un principio significativo del Proyecto está dado por su base en  la definición de la “Justicia Transicional”. Este concepto tal como lo define el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ),  dice relación con “una respuesta a las violaciones sistemáticas o generalizadas a los derechos humanos. Su objetivo es reconocer a las víctimas y promover iniciativas de paz, reconciliación y democracia. La justicia transicional no es una forma especial de justicia, sino una justicia adaptada a sociedades que se transforman a sí mismas después de un período de violación generalizada de los derechos humanos. En algunos casos, estas transformaciones suceden de un momento a otro; en otros, pueden tener lugar después de muchas décadas”. Aunque sobre este punto, hay controversia, ya que existen sectores que niegan que en Colombia se viva un proceso de Transición, sino que solo hay esfuerzos parciales y unilaterales de terminar con el estado de violencia.

Miles de desplazados exigen justicia
En todo caso, hay un reconocimiento relativo, que la aprobación de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, avanza en la reparación de lo que el Gobierno Colombiano  ha llamado “una deuda moral con las víctimas de la violencia”.

Según el Ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras: “Este articulado le va a permitir a millones de colombianos que fueron víctimas del conflicto rehacer sus vidas. Empieza una etapa de cicatrización de tantas heridas, de reconocimiento a personas que se vieron afectadas por la violencia; comienza también un proceso de restitución de todas las tierras que les fueron arrebatadas también mediante la violencia a quienes eran sus tenedores o poseedores”.  El Ministro enfatiza que la Ley está exclusivamente orientada a resarcir, mediante una política integral, a las víctimas y a las personas desplazadas….“Nosotros en el Gobierno creemos que estamos muy cerca de que este país supere su conflicto armado y lo que se abre paso mediante esta ley es una etapa de resarcimiento en la sociedad a las personas que por estas décadas sufrieron todos los rigores de la violencia”.

El Gobierno estima que cerca de cuatro millones de personas afectadas por la violencia tienen derecho a la reparación económica y la restitución de tierras.
La Violencia continúa
De acuerdo con la Comisión Ética Internacional de la Verdad de los Crímenes de Estado en Colombia, el balance de la situación de los derechos humanos en el año transcurrido continúa siendo muy negativo. A pesar del gran despliegue mediático dado a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que entró en vigor este primero de enero, la cual, según el presidente Santos, es única en el mundo porque se da en el marco de un conflicto armado existente, la realidad para las comunidades y las víctimas que la comisión ha acompañado en este proyecto de memoria y resistencia no ha cambiado sustancialmente: en 2011 se ha asesinado a más de 20 líderes en procesos de restitución de tierras, y entre julio de 2010 y mayo de 2011 se registran 255 agresiones contra defensores de los derechos humanos. De éstas, 54 fueron asesinatos, según el Informe del sistema de información sobre agresiones a defensoras y defensores (SIADDHH), del Programa Somos Defensores de Colombia.
Desde la sociedad civil hay múltiples críticas a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras: las indemnizaciones sólo se dan por hechos ocurridos a partir de 1985, mientras el derecho a la restitución de tierras se ejerce sólo para desplazamientos ocurridos a partir de 1991. Existe además una argucia jurídica que impide el retorno de los despojados a sus terrenos, que se estima integran al menos 6.8 millones de hectáreas, según el Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonio, y afectan a más de 4 millones de personas: si estas tierras han sido ocupadas de “buena fe” por empresarios agroindustriales, los desplazados sólo recibirán del dueño actual una suma mensual por el usufructo. Asimismo, no se tienen previstas medidas específicas para las miles de víctimas de desaparición forzada. Quien recibe indemnizaciones renuncia a su derecho a la reparación integral en el ámbito internacional. Además, no están incluidas las víctimas de los grupos paramilitares actuales, con el argumento de que se trata de “bandas criminales”.
Que el gobierno de Santos reconozca que existe un conflicto armado interno fue valorado como un avance relativo; sin embargo, llevó a que muchos crímenes cometidos se subsuman ahora en el “conflicto interno”, ocultando que en la mayoría de los casos se trata del terrorismo de Estado que ha venido padeciendo Colombia en agravio de una población civil indefensa y opositores políticos al régimen.
Este reconocimiento del conflicto armado interno se aprovecha para presentar en el Congreso iniciativas legislativas que pasan como “marco legal para la paz” y que si se reforma la Constitución darían lugar a que el gobierno pueda dar “un tratamiento diferenciado para las distintas partes que hayan participado en las hostilidades”, incluyendo los militares, para quienes se plantean penas máximas de cinco a ocho años, como se aplicó a “los grupos armados al margen de la ley” cubiertos por la mal llamada Ley de Justicia y Paz, siendo entonces un nuevo instrumento de impunidad disfrazado de mecanismo de justicia en pro “de la paz y la reconciliación”.
La ley 1424 de 2010, que provee de un marco jurídico para resolver la situación judicial de más de 24 mil paramilitares desmovilizados que no cometieron delitos de lesa humanidad y no fueron incluidos en el proceso de la Ley de Justicia y Paz, es otro dispositivo de impunidad. Esta ley prevé que los desmovilizados sólo serán imputados del delito de concierto para delinquir, se les suspenderán órdenes de captura y condenas vigentes y a cambio deberán contribuir a la “construcción de la verdad”, en un mecanismo que no tendrá consecuencias jurídicas ni penales, inciso que fue declarado condicionalmente exigible por la Corte Constitucional, posibilitando finalmente consecuencias jurídicas para terceros, menos para los integrantes de su propio grupo, y suscribir compromisos con los programas de reintegración ofrecidos por el Estado. La información entregada por los paramilitares (y teóricamente los guerrilleros), que no aclara cómo será verificada, será sistematizada por el Centro de Memoria Histórica creado por la Ley de Víctimas. Ésta es la propuesta estatal de una supuesta Comisión de la Verdad para Colombia, que en los hechos será nutrida por declaraciones de paramilitares.
Preocupa igualmente el debate sobre la ampliación del fuero militar. Si bien el ministro de Justicia afirma que esa ampliación no se aplicaría a violaciones de los derechos humanos, se propone que sea primero la justicia penal militar la instancia que decida si se trata de un delito cometido en el marco del servicio o de una violación a los derechos humanos. Las muy pocas condenas ejemplares de 25 y 30 años contra altos mandos por violaciones a los DDHH, como en los casos de las desapariciones forzadas del Palacio de Justicia o la masacre de Mapiripan, difícilmente se darán en el espacio de la justicia penal militar.
La campaña de estigmatización de la defensa de derechos humanos continúa siendo parte de una estrategia orquestada desde las fuerzas armadas, que sostienen que las ONG han desatado una guerra jurídica contra los militares a partir de crímenes supuestos o magnificados, compra o invención de víctimas y testigos, mencionando (o amenazando) a organismos de derechos humanos, como el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, la Comisión Colombiana de Juristas y la Comisión de Justicia y Paz, entre otros.  (Gilberto López y Rivas, La Jornada)
Descargar texto completo de la Ley de Víctimas:

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